El recurso de casación: ¿jurisprudencia y/o justicia?
##plugins.pubIds.doi.readerDisplayName##:
https://doi.org/10.18042/cepc/rap.207.01Gako-hitzak:
Jurisdicción contencioso-administrativa, recurso de casación objetivo, admisión del recurso, Tribunal Supremo, funciones.Laburpena
La Ley 7/2015 de 21 de julio modificó la ley de la jurisdicción contencioso administrativa de 1998 incorporando un nuevo modelo de recurso de casación ante el Tribunal Supremo que tiene semejanzas con el writ of certiorari norteamericano y que ha tratado de superar las dificultades que ofrecía el sistema derogado en cuanto al acceso al propio recurso y al ámbito material que era susceptible de revisión. Este nuevo «recurso de casación objetivo» supera dichas limitaciones, pero al entregar la decisión sobre la admisión al criterio del Tribunal, fundamentalmente para que este forme jurisprudencia, plantea la inquietud sobre la atención que deba dispensarse al llamado ius litigatoris. La forma y contenido del presente artículo se ha hecho como texto de base para un debate científico sobre el tema.##submission.downloads##
Argitaratuta
2018-09-01
Zenbakia
Atala
DEBATES
##submission.license##
En el momento en que una obra es aceptada para su publicación, se entiende que el autor cede a la RAP en exclusiva los derechos de reproducción, distribución y venta de su manuscrito para su explotación en todos los países del mundo en formato de revista de papel, así como en cualquier otro soporte magnético, óptico y digital.
Los autores cederán también a la RAP los derechos de comunicación pública para su difusión y explotación a través de intranets, internet y cualesquiera portales y dispositivos inalámbricos que decida el editor, mediante la puesta a disposición de los usuarios para consulta online de su contenido y su extracto, para su impresión en papel y/o para su descarga y archivo, todo ello en los términos y condiciones que consten en la web donde se halle alojada la obra.
Prácticas deshonestas: plagio y fraude científico
A efectos de lo estipulado en la Ley de Propiedad Intelectual respecto a las acciones y procedimientos que puedan emprenderse contra quien infrinja los derechos de propiedad intelectual, la publicación de un trabajo que atente contra dichos derechos será responsabilidad de los autores/as, que serán los que asuman los conflictos que pudieran tener lugar por razones de derechos de autor. Los conflictos más importantes que pueden darse por la comisión de plagios y fraudes científicos son los siguientes:
- Presentar el trabajo ajeno como propio.
- Adoptar palabras o ideas de otros autores sin el debido reconocimiento.
- No emplear las comillas u otro formato distintivo en una cita literal.
- Dar información incorrecta sobre la verdadera fuente de una cita.
- El parafraseo de una fuente sin mencionar la fuente.
- El parafraseo abusivo, incluso si se menciona la fuente.
Las prácticas constitutivas de fraude científicoson las siguientes:
- Fabricación, falsificación u omisión de datos y plagio.
- Publicación duplicada.
- Conflictos de autoría.