La influencia del Convenio de Aarhus en el sistema de tutela contencioso-administrativa del Derecho alemán. Comentario a la jurisprudencia reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el acceso a la justicia de las ONG ambientales. Asuntos
Palabras clave:
Acceso a la justicia de las organizaciones ambientales, Aarhus, Directiva 2003/35/CEResumen
Este comentario analiza las sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los asuntos Trianel (C-115/09) y Oso pardo (C-240/09), sobre el acceso a la justicia de las ONG ambientales. El Tribunal interpreta en sus sentencias el Convenio de Aarhus y la Directiva europea 2003/35/CE con el fin de determinar las obligaciones que se derivan para el ordenamiento jurídico de los Estados miembros. Las consecuencias para el Derecho alemán, en particular, son especialmente relevantes ya que el acceso a la justicia de las ONG ambientales ha sido durante mucho tiempo objeto de un intenso debate y una regulación muy restrictiva. El legislador alemán se enfrenta ahora al reto de introducir las modificaciones exigidas por el Derecho europeo conservando la coherencia del sistema de legitimación y del modelo de tutela judicial contencioso-administrativa.Descargas
Número
Sección
CRÓNICA ADMINISTRATIVA ESPAÑOLA Y DE LA UNIÓN EUROPEA
Licencia
En el momento en que una obra es aceptada para su publicación, se entiende que el autor cede a la RAP en exclusiva los derechos de reproducción, distribución y venta de su manuscrito para su explotación en todos los países del mundo en formato de revista de papel, así como en cualquier otro soporte magnético, óptico y digital.
Los autores cederán también a la RAP los derechos de comunicación pública para su difusión y explotación a través de intranets, internet y cualesquiera portales y dispositivos inalámbricos que decida el editor, mediante la puesta a disposición de los usuarios para consulta online de su contenido y su extracto, para su impresión en papel y/o para su descarga y archivo, todo ello en los términos y condiciones que consten en la web donde se halle alojada la obra.
Prácticas deshonestas: plagio y fraude científico
A efectos de lo estipulado en la Ley de Propiedad Intelectual respecto a las acciones y procedimientos que puedan emprenderse contra quien infrinja los derechos de propiedad intelectual, la publicación de un trabajo que atente contra dichos derechos será responsabilidad de los autores/as, que serán los que asuman los conflictos que pudieran tener lugar por razones de derechos de autor. Los conflictos más importantes que pueden darse por la comisión de plagios y fraudes científicos son los siguientes:
- Presentar el trabajo ajeno como propio.
- Adoptar palabras o ideas de otros autores sin el debido reconocimiento.
- No emplear las comillas u otro formato distintivo en una cita literal.
- Dar información incorrecta sobre la verdadera fuente de una cita.
- El parafraseo de una fuente sin mencionar la fuente.
- El parafraseo abusivo, incluso si se menciona la fuente.
Las prácticas constitutivas de fraude científicoson las siguientes:
- Fabricación, falsificación u omisión de datos y plagio.
- Publicación duplicada.
- Conflictos de autoría.