Políticas públicas y acciones positivas para la promoción de la igualdad en la Ley 15/2022, de 12 de julio, Integral para la Igualdad de Trato y la no Discriminación
Palabras clave:
Igualdad de trato No discriminación acciones positivas políticas públicas garantías estudios y estadísticas deberes positivos relaciones entre particularesResumen
El artículo analiza las políticas públicas de promoción de la igualdad de trato y no discriminación y la acciones positivas del capítulo II del título II de la Ley 15/2022, de 12 de julio, Integral de Igualdad de Trato y no Discriminación. Este examen requiere previamente la creación de un marco teórico constitucionalmente adecuado que supere la cosmovisión liberal de la igualdad y asuma una interpretación dinámica de la igualdad, que recoja su dimensión social e incorpore las acciones positivas como una extensión de la igualdad. La promoción de la igualdad y la prohibición de discriminación se convierte así en un deber general y positivo del Estado, que se fragmenta en deberes específicos como la formación, la elaboración de estudios y estadísticas o la colaboración y coordinación de los poderes públicos con poderes privados y organizaciones sociales. Esta promoción de la igualdad alcanza también las relaciones entre particulares y tiene como finalidad pasar del reconocimiento de la igualdad de trato y la prohibición de la discriminación a la garantía efectiva de la misma.
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Derechos de autor 2023 Mercedes Iglesias Bárez

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