Democracia paritaria y Estado constitucional: de las cuotas a la ciudadanía radicalmente democrática
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/IgdES.1.02Resumen
El debate jurídico sobre la paridad se ha centrado en la constitucionalidad delas cuotas electorales. Sin embargo, el concepto de paridad es más ambicioso y complejo en la medida en que implica una revisión de los presupuestos de los sistemas constitucionales. Desde este punto de vista, la paridad perfecciona las democracias representativas en cuanto que supone un contrato social en el que finalmente las mujeres disfruten de una plena ciudadanía. Es decir, la paridad no es solo una cuestión de presencia de las mujeres, sino más bien de superación del contrato sexual que durante siglos ha condicionado su disfrute de los derechos. Dicho principio debería
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Derechos de autor 2023 Octavio Salazar Benítez

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