El terremoto de Lisboa de 1755 y la política de regulación económica del Marqués de Pombal.
Palabras clave:
Terremoto de Lisboa, 1755, Portugal, Marqués de Pombal, mercantilismo, Ilustración.Resumen
El artículo comienza con una visión general de las consecuencias económicas del desastre natural que destruyó Lisboa en noviembre de 1755, que sirve como punto de partida para el estudio del papel que tuvo el Marqués de Pombal —principal ministro del rey José I— en el proceso de reconstrucción. Sostiene que los considerables daños materiales fueron una oportunidad y un pretexto para poner en marcha un conjunto de políticas económicas guiadas por la doctrina mercantilista que Pombal había aprendido mientras servía como embajador en Londres a principios de la década de 1740. Las necesidades públicas que siguieron a la catástrofe requerían una determinación fuerte y un liderazgo político que Pombal fue capaz de mostrar. La colección de decretos, edictos y órdenes que produjo en los días y semanas inmediatamente posteriores al terremoto, constituyen las principales fuentes históricas para el estudio de la intervención de Pombal sobre los diferentes problemas —soiales, económicos, militares, religiosos, judiciales— que necesitaban ser resueltos. El terremoto fue por tanto el impulso que hizo posible la emergencia de Pombal como el ministro ilustrado responsable de la conducción de las políticas públicas diseñadas no sólo para resolver problemas inmediatos, sino también para promover el desarrollo a largo plazo.Descargas
Descargas
Publicado
Número
Sección
Licencia
Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0.
Los firmantes conservarán sus derechos de autoría y garantizarán a la revista el derecho de primera publicación de su obra, el cual estará simultáneamente sujeto a la Licencia de reconocimiento de Creative Commons Reconocimiento-No comercial-Sin obra derivada 4.0 España que permite a terceros compartir la obra siempre que se indique su autor y su primera publicación esta revista.
También podrán adoptar otros acuerdos de licencia no exclusiva de distribución de la versión de la obra publicada (p. ej.: depositarla en un archivo telemático institucional o publicarla en un volumen monográfico) siempre que se indique la publicación inicial en esta revista.
Plagio y fraude científico
La publicación de un trabajo que atente contra los derechos de propiedad intelectual será responsabilidad de quienes firman los artículos, que asumirán los conflictos que pudieran tener lugar por razones de derechos de autoría. Los conflictos más importantes pueden darse por la comisión de plagios y fraudes científicos. Se entiende por plagio:
- Presentar el trabajo ajeno como propio.
- Adoptar palabras o ideas ajenas sin el debido reconocimiento.
- No emplear las comillas u otro formato distintivo en una cita literal.
- Dar información incorrecta sobre la verdadera fuente de una cita.
- El parafraseo de una fuente sin mencionar la fuente.
- El parafraseo abusivo, incluso si se menciona la fuente.
Las prácticas constitutivas de fraude científico son las siguientes:
- Fabricación, falsificación u omisión de datos y plagio.
- Publicación duplicada.
- Conflictos de autoría.