Las potestades sancionadora y ¿disciplinaria? de la Administración electoral
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/rap.202.14Palabras clave:
Administración electoral, sanciones administrativas, potestad disciplinaria.Resumen
El presente estudio aborda los aspectos fundamentales de la potestad punitiva de la Administración electoral. Desde la perspectiva de las sanciones administrativas, expone el régimen general a la luz de las disposiciones contenidas en la LOREG y en las nuevas leyes 39 y 40/2015, con especial atención a problemas como la deficiente tipificación de infracciones y el ineficaz sistema de sanciones, todo ello atendiendo a la doctrina emanada de las resoluciones de la Junta Electoral Central. A continuación, se detalla la regulación de las dos conductas específicamente tipificadas como infracciones, a saber, la vulneración del régimen de publicación de encuestas y la superación del límite de gastos electorales. El trabajo concluye con un repaso a la potestad disciplinaria de las Juntas, cuyos principales contornos se perfilan, y que se deslinda de la que a su vez puedan mantener las Administraciones de pertenencia de quienes intervienen oficialmente en el proceso electoral.Descargas
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Sección
CRÓNICA ADMINISTRATIVA ESPAÑOLA Y DE LA UNIÓN EUROPEA
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