Organismos de igualdad
Nuevos estándares, nuevos retos
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/IgdES.9.08Palabras clave:
Organismos de igualdad; igualdad; no discriminación; ECRI; derecho de la Unión EuropeaResumen
Los organismos de igualdad son organismos públicos e independientes establecidos en todos los Estados miembros de la Unión Europea basados en directivas de igualdad aprobadas en las décadas de 2000 y 2010. No obstante, estas directivas contienen información muy básica sobre sus características y competencias. La práctica de estos organismos ha demostrado la importancia de que todos los Estados miembros cuenten con organismos de igualdad que estén preparados para garantizar que los ciudadanos estén protegidos contra la discriminación en la mayor medida posible. Diferentes organismos internacionales han publicado recomendaciones en este sentido durante los últimos años. En este sentido, cabe destacar asimismo el trabajo de Equinet (la Red Europea de Organismos de Igualdad). Con base en estas iniciativas, y ante la falta de implementación de recomendaciones de carácter político, la Comisión Europea ha realizado dos propuestas de ley (directivas) sobre estándares para organismos de igualdad que se hayan en proceso de negociación. Este articulo trata de realizar un análisis de dicha propuesta, así como compartir pinceladas del proceso de negociación y los textos salientes del Consejo tras examinar brevemente las propuestas no legislativas anteriores desde el punto de vista de los propios organismos de igualdad.
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