Las nuevas exigencias de la Orden Ministerial TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados
DOI:
https://doi.org/10.37230/CyTET.2021.210.15Palabras clave:
Accesibilidad, No Discriminación, Discapacidad, Normativa, Legislación, Exigencias, Espacios Públicos UrbanizadosResumen
El 2 de enero de 2022 entrará en vigor la Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados. Esta Orden derogará íntegramente la anterior Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, del mismo título, que en su momento supuso ya un hito importantísimo al tratarse de la primera norma estatal que establecía criterios básicos de accesibilidad universal en dichos espacios, y que ahora, tras más de una década desde su aprobación ha sido necesaria su actualización. En este artículo se van a analizar las novedades más importantes que supone esta nueva Orden con respecto a la anterior.
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Orden VIV/561/2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados. Boletín Oficial del Estado, 61, de 11 de marzo de 2021, 24563 a 24591. https://www.boe.es/eli/es/o/2010/02/01/viv561
Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados. Boletín Oficial del Estado, 187, de 6 de agosto de 2021, 96522 a 96548. https://www.boe.es/eli/es/o/2021/07/23/tma851
Real Academia Española (2021): Diccionario de la lengua española, 23.ª ed., [versión 23.4 en línea]. https://dle.rae.es [17/03/2021]
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Derechos de autor 2021 María Consuelo Jiménez-Renedo, María Isabel Madurga-Chornet
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