Política ética

Anales del Sistema Sanitario de Navarra recomienda atenerse a las Recomendaciones para la Preparación, Presentación y Publicación de Trabajos Académicos en Revistas Biomédicas del Comité Internacional de Directores de Revistas Biomédicas (ICMJE), así como a las guías del Comité de Ética en Publicación (COPE), a las cuales se adhiere.

1) Normas éticas para autores

Se espera que los autores muestren una conducta ética respecto a:

Autoría

Según la ICMJE (II.A.3), son autores solo las personas que han contribuido de forma sustancial en 1) concepción o diseño del artículo, o en la adquisición o análisis o interpretación de datos, y en 2) redacción del manuscrito o revisión crítica de su contenido intelectual, y en 3) aprobación de la versión final a publicar y, además, 4) aceptan ser responsables de todos los aspectos del artículo para asegurar que las cuestiones relacionadas con la exactitud o integridad de cualquier parte del trabajo sean adecuadamente investigadas y resueltas.

Las personas que no cumplan estos cuatro criterios son colaboradores, y pueden ser reconocidas como tales en los agradecimientos, previa obtención de su permiso por escrito.

El orden y composición de los autores debe establecerse con anterioridad al envío del manuscrito. Una vez enviado, solo podrá alterarse mediante solicitud al Editor que justifique la modificación y que incluya la aceptación por escrito de todos los autores de ambas listas. Si el manuscrito está aceptado, solo se evaluará la incorporación, supresión o reordenación de autores en circunstancias extraordinarias. Una vez publicado, solo se aceptarán cambios justificados en la identificación de los autores (pero no en el orden o composición) que no se reflejarán en el artículo publicado, sino que darán lugar a la publicación de una errata. Se recomienda seguir el criterio FLAE (first-last-author-emphasis) que considera de la misma importancia al primero y al último autor. Si se sigue el criterio SDC (sequence-determines-credit), el orden de firma indica aportaciones decrecientes, o EC (equal contribution), indica que todos los autores han contribuido igualmente, hay que indicarlo. Es obligatorio indicar la contribución de cada autor mediante el sistema CrediT (Contributor Roles Taxonomy) o similar. 

El autor de correspondencia es el responsable de mantener el contacto con la revista durante el proceso editorial, por lo que debe proporcionar datos de contacto válidos y estar localizable. También es responsable de transmitir al resto de autores 1) las notificaciones de los revisores y del editor de estilo, 2) la versión final editada y 3) la galerada del artículo, consensuando las respuestas. Si concurrieran situaciones excepcionales, otro autor deberá contactar con la revista para que la comunicación no se interrumpa y cause la desestimación del manuscrito.

Si la lista de autores incluye el nombre de un grupo, el autor de correspondencia debe especificar con claridad qué integrantes son autores y quiénes colaboradores. Los nombres e instituciones de las personas pertenecientes al grupo se incluirán en un anexo del manuscrito.

Honestidad investigadora

Anales del Sistema Sanitario de Navarra no acepta artículos que muestren comportamiento deshonesto.

  • Plagio: apropiación de ideas, procesos o resultados de otra persona (puede ser el mismo autor, auto-plagio) sin reconocerle el debido crédito mediante una cita bibliográfica.
  • Manipulación de datos: invención de datos, modificación de los mismos directamente o mediante alteración de los equipos/técnicas empleados para obtenerlos, u omisión de algunos datos/resultados obtenidos. No está permitida la manipulación engañosa de imágenes, ni añadir y/o eliminar información de las mismas; las únicas modificaciones permitidas son los ajustes de contraste, brillo o equilibrio de colores.
  • Manipulación de citas: Se espera que los autores seleccionen las referencias bibliográficas más adecuadas para sustentar sus declaraciones, evitando forzar la inclusión de autocitas, citas de un mismo grupo, citas de colegas, o citas de una misma revista. Igualmente, solo se deben incluir las referencias bibliográficas que se hayan consultado; si solo se ha leído el resumen, hay que indicarlo, y si no se puede evitar citar un trabajo citado por otro autor, se debe indicar. Es responsabilidad de los autores comprobar que las referencias son completas y exactas.

Originalidad

Anales del Sistema Sanitario de Navarra no acepta envíos múltiples (envío simultáneo del manuscrito o de una parte de él a más de una revista). Los autores deben declarar explícitamente en la carta de presentación que el manuscrito no está publicado o siendo considerado para publicación en otra revista.

Tampoco se acepta el envío de manuscritos previamente publicados (publicación duplicada) ni de aquellos que supongan una publicación ampliada o parcial del mismo material intelectual (publicación redundante). La publicación de comunicaciones de cualquier tipo en reuniones científicas, de trabajos de tesis académicas, o el depósito de un manuscrito en un servidor de preprints no se considera publicación previa. Si se envía un manuscrito susceptible de ser considerado publicación duplicada o redundante, es necesario indicar este hecho en la carta de presentación, justificar por qué los autores consideran que no lo es e incluir la publicación relacionada.

Todo el contenido del manuscrito debe ser original, con excepción de las ideas tomadas de otros autores que deben ser correctamente referenciadas. Para incluir material sujeto a derechos de autor (texto, datos, tabla, ilustración o imagen), o incluso una tabla o figura derivada de dicho material, los autores obtendrán permiso por escrito del propietario de los derechos de autor antes del envío del manuscrito.

Transparencia

Los autores deben declarar la existencia o no fuentes de financiación del estudio, indicando los organismos patrocinadores y si estos influyeron en algún aspecto del estudio.

Asimismo, deben declarar la existencia o no de cualquier conflicto de interés que pueda sesgar el contenido científico del artículo (información presentada y/o interpretación de los datos). Por ejemplo: relación financiera y/o personal con personas u organizaciones que hayan podido influir en el trabajo del autor y/o salir beneficiadas por el contenido de dicho trabajo, como empleos, consultorías, ser titular de acciones/opciones, recibir honorarios, solicitudes/registros de patentes y otros fondos en relación al contenido del manuscrito, subvenciones de viajes, testimonio o participación en cursos/conferencias como experto remunerado, y establecer acuerdos con patrocinadores que limiten el acceso/análisis/interpretación de los datos relacionados con el contenido del manuscrito; otros intereses pueden ser personales, religiosos, ideológicos, académicos e intelectuales

Responsabilidad ética (consentimiento informado, derechos de personas y animales)

Las investigaciones realizadas con personas, muestras biológicas y/o datos personales deben realizarse de acuerdo a la Declaración de Helsinki y estar autorizadas por un comité de ética de la investigación con anterioridad al inicio de las mismas. Se debe disponer del consentimiento informado por escrito de los participantes (o sus representantes legales) tanto para participar en el estudio, como para que sus datos y/o imágenes sean publicados. La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos requiere que el uso de datos personales pseudoanonimizados con fines de investigación biomédica sean sometidos al dictamen previo de un comité de ética.

Los ensayos clínicos se describirán siguiendo las directrices CONSORT y se adjuntará el listado de comprobación y el diagrama de flujo. El ICMJE recomienda registrar el ensayo clínico durante el reclutamiento de pacientes o con anterioridad; el número y la fecha de registro deben incluirse en el artículo y al final del resumen.

Las encuestas anónimas no requerirían consentimiento de los participantes, dado que la aceptación de participar en las mismas implicaría el consentimiento. Si la recogida de datos de la encuesta se enmarcara en un proyecto de investigación, este deberá ser sometido a la evaluación de un comité de ética de la investigación.

Para acceder al contenido de la historia clínica de pacientes con fines de investigación, los autores deben disponer del consentimiento del paciente o cumplir con el protocolo establecido en cada centro.

En los estudios realizados con animales, se indicará qué ley y/o protocolo institucional sobre el cuidado y la utilización de animales de laboratorio se ha seguido, así como el nombre del comité de investigación que autorizó el estudio y su número de registro.

El apartado de Material y Métodos debe contener una declaración ética en la que consten las normas seguidas, y el nombre del comité que aprobó el estudio y el nº de registro, así como la declaración de que se obtuvieron todos los consentimientos por escrito de los participantes y/o de los propietarios de los derechos de autor del material incluido. El autor de correspondencia deberá conservar la aprobación del comité de ética y los consentimientos por escrito de los participantes y propietarios, enviándolos a la revista solo si le son requeridos.

La publicación de un artículo que infrinja estas normas es responsabilidad única de los autores y podrá dar lugar a retracción o retirada del mismo.

2) Normas éticas para revisores

De los revisores se espera:

  • absteneción para revisar cualquier artículo con el que haya conflicto de intereses, es decir, cualquier tipo de situación que pueda influir en la evaluación del artículo: financiera (el contenido del artículo le puede afectar positiva o negativamente), mantener con uno o más autores una relación profesional (trabajar en el mismo centro o colaborar en un proyecto en la actualidad, o haber publicado de forma conjunta en los últimos tres años), o personal (relación personal o rivalidad);
  • objetividad en la revisión;
  • confidencialidad estricta (no usar el conocimiento aportado por el contenido de los artículos revisados antes de su publicación, ni discutirlo públicamente);
  • prontitud en notificar su disponibilidad y respetar el plazo acordado;
  • realizar comentarios constructivos, honestos y corteses.

3) Normas éticas para editores

A los editores se exige que se comporten con:

  • integridad,
  • confidencialidad,
  • celeridad,
  • adecuada selección de revisores,
  • imparcialidad (comunicar cualquier conflicto de interés sobre un artículo), Los miembros del equipo editorial no participarán ni influirán de ningún modo en la evaluación y decisión editorial de los artículos de los que sean autores o manifiesten conflicto de intereses. En estos casos, atendiendo a las recomendaciones COPE, otro editor dirigirá de forma independiente y rigurosa el proceso editorial (selección de revisores y toma de decisiones tras la revisión doble ciego).
  • independencia (decisiones editoriales libres y no influidas por intereses comerciales o personales o del propietario de la revista).

4) Normas éticas para la institución editora

  • El contenido publicado en Anales del Sistema de Navarra no representa el pensamiento de la institución editora (Departamento de Salud del Gobierno de Navarra), quien no injiere sobre la evaluación, selección o edición de los artículos. Las ideas contenidas en los artículos publicados corresponden únicamente a los autores de los mismos.
  • El funcionamiento de los enlaces a sitios externos es comprobado en el momento de la publicación, pero su existencia no implica ni respaldo a los sitios enlazados ni responsabilidad alguna sobre su contenido por parte de la institución editora.