Trabajadores de la economía gig en la Unión Europea: hacia un cambio en su clasificación jurídica

Autores/as

Palabras clave:

Unión Europea, economía gig, plataforma digital, tribunal supremo, derecho laboral, empleo, jurisprudencia, clasificación jurídica, TIC

Resumen

Aunque la clasificación de los trabajadores de la economía gig lleva muchos años siendo motivo de controversia en el marco del derecho laboral europeo, la aparición de la pandemia de la COVID-19 la ha convertido en una prioridad. El papel de la economía gig ha cambiado: de ser una opción laboral para complementar los ingresos se ha convertido, para muchos, en la fuente principal de ingresos, por lo que la Unión Europea (UE) anunció su intención de abordar esta cuestión. En 2021, en el ámbito europeo, se realizó una intensa actividad en referencia a la jurisprudencia de la economía gig, con sentencias de tribunales supremos de varios estados miembros y nuevas leyes que han clasificado a los participantes en el mercado laboral de este sector. Este artículo parte de tres estudios de caso –Reino Unido, Países Bajos y España– para explorar los desarrollos recientes en jurisprudencia de la economía gig y sacar conclusiones para el futuro.

Revista CIDOB d’Afers Internacionals, nº 131, p. 117-139
Cuatrimestral (mayo-septiembre 2022)
ISSN:1133-6595 | E-ISSN:2013-035X
DOI: https://doi.org/10.24241/rcai.2022.131.2.117

Fecha de recepción: 25.11.21 ; Fecha de aceptación:  03.05.22

Publicado

2023-02-13

Cómo citar

Kerikmäe, T., & Kajander, A. (2023). Trabajadores de la economía gig en la Unión Europea: hacia un cambio en su clasificación jurídica. Revista CIDOB d’Afers Internacionals, (131), 117–140. Recuperado a partir de https://recyt.fecyt.es/index.php/cidob/article/view/97324