La eficacia vinculante de las sentencias estimatorias del recurso de casación en interés de ley. A propósito de la STC 37/2012, de 19 de marzo
Parole chiave:
Casación interés de ley, independencia judicialAbstract
El Tribunal Constitucional ha entendido viable el planteamiento de una cuestión de inconstitucionalidad frente a una norma legal tal como ha sido interpretada en interés de ley; y ha afirmado que la vinculación de los órganos judiciales del orden contencioso-administrativo a la doctrina sentada en interés de ley no es contraria a la independencia judicial. Pero cabe cuestionar la conveniencia y oportunidad de mantener este recurso, dados los problemas que se pueden suscitar en cuanto a la articulación del recurso de casación en interés de ley estatal y el regulado en el art. 101 LJCA, dados asimismo los problemas de articulación con la cuestión prejudicial e incluso dados los frecuentes cambios en la doctrina legal del Tribunal Supremo, algunos incluso propiciados por el legislador y por la jurisprudencia comunitaria. Todo ello, teniendo en cuenta además la discutible naturaleza de este recurso.##submission.downloads##
Fascicolo
Sezione
COMENTARIOS MONOGRÁFICOS DE JURISPRUDENCIA
Licenza
En el momento en que una obra es aceptada para su publicación, se entiende que el autor cede a la RAP en exclusiva los derechos de reproducción, distribución y venta de su manuscrito para su explotación en todos los países del mundo en formato de revista de papel, así como en cualquier otro soporte magnético, óptico y digital.
Los autores cederán también a la RAP los derechos de comunicación pública para su difusión y explotación a través de intranets, internet y cualesquiera portales y dispositivos inalámbricos que decida el editor, mediante la puesta a disposición de los usuarios para consulta online de su contenido y su extracto, para su impresión en papel y/o para su descarga y archivo, todo ello en los términos y condiciones que consten en la web donde se halle alojada la obra.
Prácticas deshonestas: plagio y fraude científico
A efectos de lo estipulado en la Ley de Propiedad Intelectual respecto a las acciones y procedimientos que puedan emprenderse contra quien infrinja los derechos de propiedad intelectual, la publicación de un trabajo que atente contra dichos derechos será responsabilidad de los autores/as, que serán los que asuman los conflictos que pudieran tener lugar por razones de derechos de autor. Los conflictos más importantes que pueden darse por la comisión de plagios y fraudes científicos son los siguientes:
- Presentar el trabajo ajeno como propio.
- Adoptar palabras o ideas de otros autores sin el debido reconocimiento.
- No emplear las comillas u otro formato distintivo en una cita literal.
- Dar información incorrecta sobre la verdadera fuente de una cita.
- El parafraseo de una fuente sin mencionar la fuente.
- El parafraseo abusivo, incluso si se menciona la fuente.
Las prácticas constitutivas de fraude científicoson las siguientes:
- Fabricación, falsificación u omisión de datos y plagio.
- Publicación duplicada.
- Conflictos de autoría.