Las contribuciones del privado en la legislación urbanística de Inglaterra, los Países Bajos y España

Autores/as

  • Demetrio Muñoz Gielen

Palabras clave:

Reino Unido, Holanda, España, Valencia, cesiones urbanísticas, plusvalía urbanística, derechos y deberes de la propiedad, financiación de infraestructuras, urbanismos comparados, Ley reguladora de la actividad urbanística

Resumen

¿Cuánto pueden y deben los ayuntamientos exigir a los agentes de mercado (propietarios del
suelo y promotoras inmobiliarias) para la realización y fi nanciación de las infraestructuras y los equipamientos
públicos? ¿Tiene la comunidad derecho a la plusvalía generada gracias a reclasifi cación y/o recalifi
cación de los suelos? Éstas cuestiones no están sólo relacionadas con la participación de los privados en la
ejecución del Planeamiento público, sino también con el más fundamental debate sobre el contenido del
derecho de propiedad, debate que planea sobre el urbanismo español al menos desde que la Constitución
Española de 1978 incluyó en su artículo 47 la participación de la comunidad en las plusvalías que genera la
acción urbanística de las entidades públicas. En Inglaterra y los Países Bajos también se plantean preguntas
similares, siempre con una respuesta diferente.

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Publicado

2009-06-24

Cómo citar

Muñoz Gielen, D. (2009). Las contribuciones del privado en la legislación urbanística de Inglaterra, los Países Bajos y España. Ciudad Y Territorio Estudios Territoriales, 41(160), 291–301. Recuperado a partir de https://recyt.fecyt.es/index.php/CyTET/article/view/75926

Número

Sección

Estudios