La selección del contratista en el sector público: criterios reglados y discrecionales en la valoración de las ofertas.

Autores/as

  • L. A. BALLESTEROS MOFFA

Palabras clave:

valoración, discrecionalidad, «oferta económicamente más ventajosa», criterios automáticos de adjudicación, criterios que dependan de un juicio de valor, ponderación, comité de expertos, organismo técnico especializado, oferta anormalmente baja.

Resumen

Con la entrada en vigor de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, de desarrollo parcial de la misma, ha tomado cuerpo en nuestro Derecho un renovado régimen de adjudicación de los contratos públicos, tributario de la Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios. Sin embargo, no todas las instituciones de este régimen interno de adjudicación, como tampoco otras materias de la disciplina pública contractual, han resultado de la transposición comunitaria, entre ellas, ciertas figuras orgánicas y rituarias anudadas a la valoración discrecional de las ofertas, clave de bóveda del sistema.

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Publicado

2009-12-04