La regulación de la baja temeraria en los procedimientos de contratación. Fundamentación actual e historia normativa.

Autores/as

  • CARLOS PADRÓS REIG

Palabras clave:

contratos públicos, baja temeraria, adjudicación contratos administrativos, revisión de precios.

Resumen

Los mecanimos de concurrencia en los procedimientos de contratación pública provocan a veces la aparición de ofertas imposibles de realizar por excesivamente bajas. En estos casos, la regulación de la baja temeraria indica en qué supuestos la Administración puede denegar la adjudicación cuando presuma que la oferta no podrá cumplirse. Estos mecanismos tienden a evitar que con posterioridad a la adjudicación se produzcan revisiones de precios o incumplimientos de las condiciones. El artículo examina la cuestión a lo largo de las varias reformas de la legislación de contratos (1965; 1995; 2007) y su finalidad.

Descargas

Publicado

2010-04-14

Número

Sección

CRÓNICA ADMINISTRATIVA ESPAÑOLA Y DE LA UNIÓN EUROPEA