Mitos y realidades del agente urbanizador
Palabras clave:
Legislación urbanística, Ley Reguladora de la Actividad Urbanística, política territorial, política urbanísticaResumen
La aportación al Derecho urbanístico español que supuso la Ley 6/94 Reguladora de la Actividad
Urbanística valenciana con la incorporación de la competencia en el proceso privado de producción de
ciudad, ha comportado un revulsivo en el Derecho urbanístico español. La figura del agente urbanizador como
delegado público de la Administración, la experiencia de su puesta en servicio y sus resultados aplicativos
en la Comunidad Valenciana, ha puesto de manifiesto sus ventajas e insuficiencias, lo que ha generado un
cierto estado de opinión, no siempre acorde a la realidad. Sin duda la relativa complejidad que comporta la
innovación instrumental derivada de los procedimientos concurrenciales, la relación tri-fásica entre Administración,
propietarios y empresario-urbanizador, la sorprendente ausencia de aprobación de su desarrollo
reglamentario tras diez años de vigencia y la expansiva dinámica socio-económica y urbanística que viene
aconteciendo en estos últimos años, entre otras causas, han podido ocasionar una imagen distorsionada,
unas veces excesivamente favorable, otras acusadamente contraria, a la auténtica realidad objetiva. En consecuencia,
parece necesario exponer en este artículo un análisis apoyado en datos contrastados en la realidad,
formulado desde la mayor objetividad y claridad expositiva posible, que permitan reenfocar, desde la
óptica correcta, una imagen hoy, consciente o inconscientemente desenfocada.
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Derechos de autor 2005 Gerardo Roger Fernández
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