Carácter procedimental del non bis in idem en la Unión Europea
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/rap.218.06Resumen
Tras varios años recibiendo duras críticas, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha accedido, finalmente, a modificar su jurisprudencia sobre el requisito del idem en su construcción sobre el non bis in idem. En bpost y Nordzucker y otros, el TJUE ha establecido que el requisito del idem debe entenderse como idem factum en todos los ámbitos del derecho de la UE, incluyendo el derecho de la competencia. La motivación de esta decisión no resulta clara. El presente artículo sugiere que distinguir el concepto material y el concepto procesal del non bis in idem y, sobre todo, asumir que el TJUE se ha adherido a este último, podría ayudar a comprender esta nueva jurisprudencia.
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Publicado
2022-08-24
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COMENTARIOS MONOGRÁFICOS DE JURISPRUDENCIA
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