La concesión directa de subvenciones
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/rap.204.10Palabras clave:
Subvenciones, procedimiento de concurrencia competitiva, procedimiento de concesión directa, subvenciones nominativas.Resumen
La Ley 38/2003 General de Subvenciones estableció hace ya casi quince años que las Administraciones públicas españolas únicamente pueden conceder subvenciones a través de un procedimiento de concurrencia competitiva. Solo se previeron tres excepciones en las que se admite la concesión directa de subvenciones. Sin embargo, la forma en que se han interpretado y aplicado tales excepciones por la Administración ha dado lugar a que las subvenciones directas sean mucho más frecuentes de lo esperado. Asimismo, las leyes autonómicas han creado excepciones adicionales para evitar el procedimiento de concurrencia competitiva. El presente artículo profundiza en esta situación y analiza la legalidad y constitucionalidad de tales interpretaciones y leyes.Descargas
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Sección
CRÓNICA ADMINISTRATIVA ESPAÑOLA Y DE LA UNIÓN EUROPEA
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