La persistencia del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas

Autores

  • Pedro Baena Pinedo

Palavras-chave:

Medio ambiente, actividades clasificadas, Comunidad de Madrid, jurisprudencia

Resumo

La persistencia del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. El Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP), aprobado mediante el Decreto 2414/1961, fue formalmente derogado por la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera. No obstante, la derogación que se llevo a cabo no fue total, sino que surtía efecto únicamente en aquellas Comunidades Autónomas que tuvieran aprobada una regulación sobre el tema, y en tanto no se regulase por las demás. Esta ambigüedad dio lugar a una serie de pronunciamientos por parte del Tribunal Supremo respecto a la persistencia de la aplicabilidad de dicha norma, aún a pesar de su derogación expresa y de la existencia de leyes reguladoras del tema en distintas Comunidades Autónomas. Se describe de manera específica el caso de la Comunidad de Madrid, con un análisis de la legislación y de la jurisprudencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid sobre la cuestión. 

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Como Citar

Baena Pinedo, P. (2015). La persistencia del Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. Revista De Administración Pública, (189), 403–423. Obtido de https://recyt.fecyt.es/index.php/RAP/article/view/40389

Edição

Secção

CRÓNICA ADMINISTRATIVA ESPAÑOLA Y DE LA UNIÓN EUROPEA

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