EL NUEVO ENFOQUE ESTATUTARIO SOBRE LA DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS EN MATERIA DE AGUAS
Palabras clave:
recursos hidráulicos, aprovechamientos hidráulicos, competencias, Estatutos de Autonomía.Resumen
El nuevo proceso de reforma estatutaria abierto en nuestro país incide de manera notable en el régimen de distribución de competencias en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos. Las pretensiones competenciales de las Comunidades Autónomas y la relevancia creciente de las aguas para el desarrollo económico-social de los territorios determinan la inclusión, en sus respectivos Estatutos de Autonomía, de previsiones al respecto que exceden las posibilidades estrictas derivadas de los parámetros que para la distribución de competencias se precisan en la Constitución. Es el concepto de cuenca hidrográfica, definido por el Texto Refundido de la Ley de Aguas y ratificado por el Tribunal Constitucional para hacer efectivo el criterio de territorialidad a que se refiere el artículo 149.1.22 CE, el único que debe servir de base para la delimitación de las competencias en esta materia. No obstante, muchos de los nuevos Estatutos de Autonomía pretenden obviar tal criterio.Descargas
Publicado
2008-04-09
Número
Sección
CRÓNICA ADMINISTRATIVA ESPAÑOLA Y DE LA UNIÓN EUROPEA
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