Pero ¿no estuve casada? (Asuntos Serife Yigit c. Turquía y Muñoz Díaz c. España, sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, 20.I.2009, 8.XII.2009 y 2.XI.2010)

Autors/ores

  • Lorenzo Martín-Retortillo Baquer

Paraules clau:

Familia, matrimonio, matrimonio gitano, matrimonio religioso, pensión de viudedad, Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Resum

El Estado atribuye determinados efectos jurídicos, como la posibilidad de causar la pensión de viudedad, al matrimonio celebrado cumpliendo sus exigencias, pero no a los que no las espetan. El matrimonio gitano no tiene reconocimiento oficial en España. Algo diferente es la protección de la familia, en cuyo caso sí se producen efectos jurídicos aun en ausencia de un matrimonio legalmente reconocido. Dos interesantes sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos se enfrentan con esta problemática.

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Com citar

Martín-Retortillo Baquer, L. (2015). Pero ¿no estuve casada? (Asuntos Serife Yigit c. Turquía y Muñoz Díaz c. España, sentencias del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, 20.I.2009, 8.XII.2009 y 2.XI.2010). Revista De Administración Pública, (190), 11–60. Retrieved from https://recyt.fecyt.es/index.php/RAP/article/view/40343

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