La nueva Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo: valoración general.

Autors/ores

  • TOMÁS-RAMÓN FERNÁNDEZ

Paraules clau:

suelo, valoraciones, urbanismo, derecho de propiedad.

Resum

La nueva Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo, contiene dos grandes bloques de normas: el primero redefine el derecho de propiedad del suelo, y el segundo establece un nuevo sistema de valoración de los terrenos. De la definición tradicional del derecho de propiedad la nueva Ley extrae la facultad de urbanizar, que «nacionaliza» al declararla servicio público y que, por lo tanto, puede ser retenida por la propia Administración o bien concedida mediante pública licitación a un tercero, el ya conocido agente urbanizador. El nuevo sistema de valoraciones establecido prescinde de la clasificación y calificación que los planes puedan dar al terreno y toma en cuenta solamente la situación rural o urbana en que dicho terreno se encuentre. El suelo en situación rural se valorará mediante la capitalización de su renta real o potencial.

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Publicades

2008-04-09

Com citar

TOMÁS-RAMÓN FERNÁNDEZ. (2008). La nueva Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo: valoración general. Revista De Administración Pública, (174). Retrieved from https://recyt.fecyt.es/index.php/RAP/article/view/47813

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