Coacción administrativa, responsabilidad patrimonial del Estado y Convenio Europeo de Derechos Humanos

Autores/as

  • JAVIER BARCELONA LLOP

Palabras clave:

responsabilidad patrimonial de la Administración, Convenio Europeo de Derechos Humanos, intervención de las fuerzas de policía, principio de proporcionalidad, derecho a la integridad física, derecho a un recurso efectivo.

Resumen

La Sentencia del TEDH de 9 de enero de 2009 (caso Iribarren Pinillos contra España) declara que el Estado demandado ha vulnerado el artículo 3 del Convenio (derecho a no sufrir torturas ni malos tratos) porque el Tribunal Supremo no indemnizó al demandante, herido de gravedad por las fuerzas de policía. La Sentencia de Estrasburgo corrige la interpretación que de los hechos hizo el Tribunal Supremo y deduce del artículo 3 del Convenio un derecho a la indemnización prácticamente autónomo, desligado de una previa declaración de vulneración material o procedimental del precepto y del derecho a un recurso efectivo (art. 13 del Convenio).

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Publicado

2009-09-08

Número

Sección

COMENTARIOS MONOGRÁFICOS DE JURISPRUDENCIA