La valoración urbanística y la valoración económico-fi nanciera: confl uencia
Palabras clave:
Valoraciones urbanísticas, valoraciones económico-financierasResumen
Según el Texto Refundido de la Ley del Suelo, aprobado por Real Decreto Legislativo
2/2008, de 20 de junio, las valoraciones urbanísticas se han modifi cado y habrá que poner en relación
las clasifi caciones de suelo que, actualmente, existen en cada Comunidad Autónoma con las
nuevas tipologías de suelo aprobadas, denominadas situaciones básicas, así como ajustar los criterios
de valoración que, con la nueva ley, son de aplicación. Por otro lado, en el contexto de la
globalización, se ha modifi cado el marco legislativo de las valoraciones económico-fi nancieras que
deben utilizar tanto las empresas inmobiliarias como las empresas en general, concretamente, la
Ley 16/2007, de 4 de julio, de reforma y adaptación de la legislación mercantil en materia contable
para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea y el Real Decreto
1514/2007 por el que se aprueba el nuevo Plan General de Contabilidad.
En este trabajo analizamos cuáles son los criterios de valoración urbanísticos aplicables a las
distintas situaciones básicas de suelo y los criterios de valoración de terrenos previstos para su
incorporación en los estados económico-fi nancieros de las empresas inmobiliarias, cuestionándonos
si el valor calculado y suministrado por la normativa urbanística en el mercado del suelo podría
ser utilizado como referente para el llamado “valor razonable” económico-fi nanciero, y en qué
situaciones se produciría dicho uso.
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Derechos de autor 2010 C. E. Falcón Pérez, F. Serrano Moracho
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