El debate sobre la Constitución en el primer franquismo (1939-45)
Palavras-chave:
Constitución, poder constituyente, decisionismo, ley fundamental, doctrina políticaResumo
La historiografía política viene manteniendo que la doctrina política franquista obvió los estudios sobre la constitución y su dogmática, como consecuencia de la ausencia en el régimen de una constitución normativa cerrada. Partiendo de un estudio detallado de los trabajos de la doctrina política franquista no se puede inferir que se rechazase la temática constitucional o la propia utilización del vocablo constitución. La doctrina política franquista reconoce que el régimen surge frontalmente opuesto al sistema constitucional que representa la República, pero todos reconocen en la figura de Franco el poder constituyente surgido del propio evento revolucionario que supuso la guerra civil. En su mayoría, la doctrina política franquista, influida por las ideas falangistas, asumen las teorías decisionistas de Carl Schmitt para justificar la asunción por Franco del poder constituyente, mientras que desde las posiciones tradicionalistas se inclinaban por defender que el régimen se asentaba en una constitución social, interna, material o histórica. Para superar esta ambivalencia de posturas, surgirán teorías como la encabezada por Sánchez Agesta que defenderá desde postulados institucionalistas la constitución como organización. En cuanto a la constitución franquista, reconoce la mayoría de la doctrina que la que mejor se adapta a sus características es la de un sistema abierto de leyes sueltas fundamentalmente orgánicas, en lugar de un código único, aunque no faltaron voces discordantes defensoras de un código constitucional franquista cerrado.Downloads
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