Tratamiento de datos personales de las opiniones políticas en el marco electoral: todo en interés público

Autores/as

  • Rosa María García Sanz

DOI:

https://doi.org/10.18042/cepc/rep.183.05

Palabras clave:

Protección de datos personales, actividades electorales, tratamiento de opiniones políticas.

Resumen

El Reglamento de Protección de Datos pone a disposición de los partidos políticos numerosas disposiciones que establecen el «interés público» como base jurídica para el tratamiento de datos personales en actividades electorales. En aras del interés público, pueden tratar datos sensibles, como son las opiniones políticas, limitando seriamente los derechos y principios de la persona titular del derecho fundamental, si se entiende que así lo exige el funcionamiento democrático.

Número

Sección

ARTÍCULOS