La Asociación Oriental en su décimo aniversario: asimetrías en el impacto normativo de la UE
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/rdce.64.04Palabras clave:
Unión Europea, potencia normativa, Asociación Oriental, impacto desigual.Resumen
En mayo de 2009 se estableció la Asociación Oriental como expresión de la PEV, pero orientada únicamente a Armenia, Azerbaiyán, Bielorrusia, Georgia, Moldavia y Ucrania. Se trata de un innovador proyecto regional que busca (sin incluir la perspectiva de la membresía) estrechar vínculos con estos países, de conformidad con una ambiciosa exportación del acquis communautaire.
A la luz de su décimo aniversario, la Asociación Oriental presenta un balance significativo pero muy desigual, reflejo de las distintas velocidades presentes en la región. Así, mientras que Georgia lidera los avances seguida de Moldavia y Ucrania, Armenia se halla en una posición intermedia e, incluso, algo más alejado encontramos a Azerbaiyán. Por el contrario, es Bielorrusia el Estado con el que la UE mantiene unas relaciones más tensas, principalmente en cuanto a la vigencia y aplicación de la pena de muerte.
En definitiva, la Asociación Oriental ha permitido avanzar hacia «el espacio de prosperidad y buena vecindad basado en los valores de la Unión y caracterizado por unas relaciones estrechas y pacíficas fundadas en la cooperación» explícito en el art. 8 TUE. No obstante, se trata de un avance incompleto que exigirá un mayor esfuerzo por parte de la UE hacia la consecución de la deseada transformación normativa de la región.
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