La regulación de los conflictos de intereses en el sector público en Francia
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/rap.228.07Resumo
Los conflictos de intereses en el sector público han sido objeto de regulación en
Francia, como en otros países y organizaciones de su entorno. Esta regulación se ha
intensificado en los últimos años a la luz de distintos escándalos políticos que han impactado negativamente en la opinión pública, requiriendo de una reacción por parte
del legislador. En este trabajo se estudian, pues, los principales elementos presentes en
la norma que trata específicamente los conflictos de intereses en Francia y su relación
con las otras normas que también regulan este tema —el papel de su autoridad de
control, el régimen de dedicación de empleados públicos y representantes políticos,
las obligaciones de realizar declaraciones patrimoniales y de intereses, etcétera—. El
objetivo es, con ocasión de los actuales compromisos regulatorios de Gobierno abierto asumidos por España, presentar una panorámica suficiente de un país con el que
compartimos tantos lazos culturales, políticos y sociales.
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Prácticas deshonestas: plagio y fraude científico
A efectos de lo estipulado en la Ley de Propiedad Intelectual respecto a las acciones y procedimientos que puedan emprenderse contra quien infrinja los derechos de propiedad intelectual, la publicación de un trabajo que atente contra dichos derechos será responsabilidad de los autores/as, que serán los que asuman los conflictos que pudieran tener lugar por razones de derechos de autor. Los conflictos más importantes que pueden darse por la comisión de plagios y fraudes científicos son los siguientes:
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- El parafraseo de una fuente sin mencionar la fuente.
- El parafraseo abusivo, incluso si se menciona la fuente.
Las prácticas constitutivas de fraude científicoson las siguientes:
- Fabricación, falsificación u omisión de datos y plagio.
- Publicación duplicada.
- Conflictos de autoría.


