Algunas reflexiones sobre la división de la cosa por efecto de la expropiación forzosa
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/rap.199.09Palabras clave:
derecho de propiedad, expropiación forzosa, justo precio, indemnización por división de la cosa, finca antieconómicaResumen
El tratamiento que recibe en España la fuerza divisoria de la expropiación forzosa merece ser motivo de reflexión. De una parte, la indemnización por la división de la cosa adolece de algunas imprecisiones que la jurisprudencia se esfuerza en salvar pero que bien podrían soldarse a través de la intervención del legislador. De otro, la escala del demérito parcial aconseja brindar una respuesta particular a los supuestos en los que la fragmentación de la cosa expropiada se agudiza hasta el punto de comprometer en lo esencial su utilidad. En relación con esto último, la regulación vigente de las fincas antieconómicas apenas contribuye a fortalecer la posición del expropiado, al menos en el grado que sería de esperar en un sistema evolucionado como el nuestro que en otros apartados sí se esfuerza en perfeccionar la justeza de la indemnización expropiatoria.Descargas
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CRÓNICA ADMINISTRATIVA ESPAÑOLA Y DE LA UNIÓN EUROPEA
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