LAS DIRECTRICES DE TÉCNICA NORMATIVA
Palabras clave:
técnica normativa, calidad normas, directrices, normas.Resumen
Se comentan las nuevas directrices de técnica normativa de 2005, que han venido a sustituir a las anteriores de 1991. Se trata de mejorar la calidad técnica de las normas jurídicas, buscando su mejor configuración y sistemática. Las nuevas directrices son mucho más numerosas, consecuencia de haber abordado aspectos antes ignorados. El autor analiza brevemente la mayoría de estas nuevas directrices, exponiendo sus aciertos y sus errores. En general, se llega a la conclusión de que las nuevas directrices son acertadas en la medida que han sido innovadoras. En cambio, son defectuosas en todo lo que se han limitado a respaldar la práctica existente, en muchos aspectos incorrecta.Descargas
Los datos de descargas todavía no están disponibles.
Descargas
Publicado
2008-04-09
Número
Sección
ESTUDIOS
Licencia
En el momento en que una obra es aceptada para su publicación, se entiende que el autor cede a la RAP en exclusiva los derechos de reproducción, distribución y venta de su manuscrito para su explotación en todos los países del mundo en formato de revista de papel, así como en cualquier otro soporte magnético, óptico y digital.
Los autores cederán también a la RAP los derechos de comunicación pública para su difusión y explotación a través de intranets, internet y cualesquiera portales y dispositivos inalámbricos que decida el editor, mediante la puesta a disposición de los usuarios para consulta online de su contenido y su extracto, para su impresión en papel y/o para su descarga y archivo, todo ello en los términos y condiciones que consten en la web donde se halle alojada la obra.
Prácticas deshonestas: plagio y fraude científico
A efectos de lo estipulado en la Ley de Propiedad Intelectual respecto a las acciones y procedimientos que puedan emprenderse contra quien infrinja los derechos de propiedad intelectual, la publicación de un trabajo que atente contra dichos derechos será responsabilidad de los autores/as, que serán los que asuman los conflictos que pudieran tener lugar por razones de derechos de autor. Los conflictos más importantes que pueden darse por la comisión de plagios y fraudes científicos son los siguientes:
- Presentar el trabajo ajeno como propio.
- Adoptar palabras o ideas de otros autores sin el debido reconocimiento.
- No emplear las comillas u otro formato distintivo en una cita literal.
- Dar información incorrecta sobre la verdadera fuente de una cita.
- El parafraseo de una fuente sin mencionar la fuente.
- El parafraseo abusivo, incluso si se menciona la fuente.
Las prácticas constitutivas de fraude científicoson las siguientes:
- Fabricación, falsificación u omisión de datos y plagio.
- Publicación duplicada.
- Conflictos de autoría.