Legitimidad de las acciones positivas para corregir las brechas de género en pensiones: ¿qué hacer cuando la primacía jurídica comunitaria es el mayor obstáculo?

Autores/as

  • Cristóbal Molina Navarrete

DOI:

https://doi.org/10.18042/cepc/IgdES.11.01

Resumen

Para acelerar la constatable e injustificada brecha de género en pensiones públicas, la ley española ha reformado en profundidad el art. 60 TRLGSS, a fin de configurarlo como una genuina acción positiva. Sin embargo, al igual que su nefasto precedente, los tribunales consideran que el complemento para la reducción de la brecha de género también resulta discriminatorio contra el más pretendido que real varón-pensionista. De ahí que se hayan presentado diversas cuestiones prejudiciales y el TS haya suspendido el recurso de casación para la unificación que tiene pendiente en tanto se pronuncia el TJUE. En este estudio se expone la figura normativa, la crítica judicial y, al tiempo, se desarrollan varios argumentos a favor de la validez jurídica del nuevo complemento, sin perjuicio de poner de relieve algunas deficiencias que deberían ser corregidas lo antes posible por la ley.

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Publicado

2024-12-13

Número

Sección

ESTUDIOS