Algunas reflexiones sobre las cuestiones básicas del régimen jurídico del subsuelo
Resumen
Sin perjuicio de su adaptación a las profundas transformaciones económico-sociales en lo que va de siglo, el entero edificio jurídico-civil sigue pivotando, en lo fundamental, sobre los pilares asentados en la época de la codificación sobre la base del modelo francés. Por lo que hace a la propiedad del suelo, aunque el proceso de publificación ha inducido su decantación en propiedad-función al hilo mismo de la legislación administrativa culminada con la urbanística, precisando los límites dei contenido del derecho en la dimensión horizontal y en la vertical –el vuelo– tradicionalmente asociada a ella, no sucede otro tanto en la dimensión también vertical representada por el subsuelo. Hoy, los progresos en la cosntrucción posibilitan un aprovechamiento normal de éste hasta hace poco desconocido, haciendo relevante la cuestión de hasta donde llegan las facultades del propietario de la superficie. Partiendo de la situación actual, en este trabajo se ensaya la búsqueda de una solución a la altura de las exigencias del tiempo actual. Con apoyo en los avances que ya se han producido en la doctrina constitucional y científica, se sostiene que la ordenación territorial y urbanística constituye hoy el locus de la delimitación positiva última, en todas las dimensiones, del poder dominical sobre el suelo, con la consecuencia de resultar ser de dominio público el subsuelo no sujeto a éste.
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Derechos de autor 1996 Luciano Parejo Alfonso
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