La competencia de los Territorios Históricos del País Vasco en materia de régimen electoral municipal.

Autori

  • ALEJANDRO SAIZ ARNAIZ

Parole chiave:

Elecciones locales. Competencias de los Territorios Históricos del País Vasco. Derechos históricos.

Abstract

El Estatuto del País Vasco otorga a cada uno de los Territorios Históricos que integran la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de régimen electoral municipal. Se trata de una previsión que no se repite en ningún otro Estatuto y que forma parte del «contenido esencial» de los regímenes forales «intocable —en palabras del Tribunal Constitucional— por los poderes autonómicos o estatales». Esta competencia no puede concebirse al margen de la reserva a la ley orgánica para el desarrollo directo del artículo 23 de la Constitución y de la competencia del Estado para regular las condiciones que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio del derecho de sufragio. Dentro de estos márgenes, tal y como resultan de la jurisprudencia constitucional y de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, las Juntas Generales de cada Territorio Histórico pueden aprobar una Norma Foral que cumple con la reserva de ley que la Constitución impone para la regulación del modo de elección de los concejales. El sistema electoral, la concreción de las causas de inelegibilidad o las modalidades de elección de los alcaldes son algunos de los contenidos posibles de aquella Norma Foral.

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Pubblicato

2008-05-07

Fascicolo

Sezione

ESTUDIOS