Potestades normativas y forma de gobierno.

Autors/ores

  • RAMÓN PUNSET BLANCO

Paraules clau:

Forma de gobierno parlamentaria. Procedimiento legislativo. Sistema de fuentes.

Resum

En este artículo se examina la relación entre la forma parlamentaria de gobierno y el sistema de fuentes del Derecho en la aplicación de la Constitución española de 1978 durante las más de tres décadas de vigencia de la misma. El indudable protagonismo del Gobierno en la determinación de la agenda legislativa de las Cortes es una manifestación de su función de dirección de la política. Ahora bien, las Cortes controlan la acción del Gobierno impulsándole a hacer uso de la iniciativa legislativa y de su amplia potestad reglamentaria. La Constitución, además, establece un gran número de reservas materiales de ley, sin perjuicio de la autorreserva legal de las Cortes. Nuestro Gobierno resulta fuertemente estable y prolonga su dominio sobre las Cortes en la fase central o decisoria del procedimiento legislativo si el Grupo Parlamentario en que se sustenta posee la mayoría absoluta de los escaños del Congreso. Entre 1978 y 2009 ello ha ocurrido durante la mitad del tiempo. Ahora bien, si tal circunstancia no se da, el rol institucional del Congreso, y aun del Senado, se ve reforzado considerablemente. Obviamente, la posición de un Gobierno respaldado en el Congreso únicamente por una mayoría relativa se complica en el supuesto de los proyectos de ley orgánica, abundantemente previstos en la Constitución.

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Publicades

2009-12-10

Com citar

RAMÓN PUNSET BLANCO. (2009). Potestades normativas y forma de gobierno. Revista Española De Derecho Constitucional, (87). Retrieved from https://recyt.fecyt.es/index.php/REDCons/article/view/45885

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