Batasuna ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos: protección «multinivel» de derechos en Europa y régimen de los partidos políticos en España.
Schlagworte:
Ilegalización de Partidos Políticos, Tribunal Europeo de Derechos Humanos, Derecho de Asociación, Protección multinivel de derechos fundamentales.Abstract
La Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el asunto Batasuna y Herri Batasuna contra España es analizada desde la perspectiva de la protección «multinivel» de derechos fundamentales que caracteriza el proceso de integración europeo. En este sentido, se pone de manifiesto cómo las principales alegaciones presentadas ante el TEDH fueron resueltas aplicando un estándar de protección del derecho de asociación (y otros derechos asociados a los litigios internos en los que se dirimió la prohibición de los partidos recurrentes) menor que el que se desprende del derecho interno español. Este análisis se traslada a los requisitos que debe cumplir la Ley Orgánica de Partidos Políticos, a la posibilidad de ilegalizar partidos por causas ideológicas, al control de proporcionalidad de las restricciones que se les imponen y al derecho a un juez imparcial.Downloads
Veröffentlicht
2010-06-22
Ausgabe
Rubrik
JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
Lizenz
En el momento en que una obra es aceptada para su publicación, se entiende que el autor cede a la RDCE en exclusiva los derechos de reproducción, distribución y, en su caso, venta de su manuscrito para su explotación en todos los países del mundo en formato de revista de papel, así como en cualquier otro soporte magnético, óptico y digital.
Los autores cederán también a la RDCE los derechos de comunicación pública para su difusión y explotación a través de intranets, internet y cualesquiera portales y dispositivos inalámbricos que decida el editor, mediante la puesta a disposición de los usuarios para consulta online de su contenido y su extracto, para su impresión en papel y/o para su descarga y archivo, todo ello en los términos y condiciones que consten en la web donde se halle alojada la obra. A su vez, la RDCE autoriza a los autores de los trabajos publicados en la revista a que ofrezcan en sus webs personales o en cualquier repositorio de acceso abierto una copia de esos trabajos una vez publicados. Junto con esa copia ha de incluirse una mención específica de la RDCE, citando el año y el número de la revista en que fue publicado el artículo o nota de investigación y añadiendo, además, el enlace a la web de la RDCE.
Transcurrido un año desde su publicación, los trabajos pasarán a estar sujetos a la Licencia de reconocimiento de Creative Commons Reconocimiento-No comercial-Sin obra derivada 4.0 Internacional, que permite a terceros compartir la obra siempre que se indique su autor y su primera publicación en esta revista.
PLAGIO Y FRAUDE CIENTÍFICO
La publicación de un trabajo que atente contra los derechos de propiedad intelectual será responsabilidad de los autores/as, que serán los que asuman los conflictos que pudieran tener lugar por razones de derechos de autor. Los conflictos más importantes pueden darse por la comisión de plagios y fraudes científicos.
Se entiende por plagio:
- Presentar el trabajo ajeno como propio.
- Adoptar palabras o ideas de otros autores sin el debido reconocimiento.
- No emplear las comillas u otro formato distintivo en una cita literal.
- Dar información incorrecta sobre la verdadera fuente de una cita.
- El parafraseo de una fuente sin mencionar la fuente.
- El parafraseo abusivo, incluso si se menciona la fuente.
Las prácticas constitutivas de fraude científico son las siguientes:
- Fabricación, falsificación u omisión de datos y plagio.
- Publicación duplicada.
- Conflictos de autoría