Embajadas y consulados compartidos. La práctica de España en la Unión Europea y en la Comunidad Iberoamericana
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/rdce.54.03Palabras clave:
Nueva diplomacia, compartición de recursos, acreditación múltiple, representación de intereses, colocación, intercambio de diplomáticos, protección consular, acuerdos administrativos, acuerdos no normativosResumen
El estudio abarca la red de embajadas y consulados compartidos entre España y varios Estados europeos o iberoamericanos, y entre España y delegaciones de la UE. Las Convenciones de 1961 y de 1963 constituyen el marco jurídico internacional de referencia, si bien puede sostenerse que existe un desarrollo progresivo del derecho. Además, España ha adoptado recientemente dos leyes, una, sobre la acción exterior del Estado, otra, sobre los tratados y otros acuerdos internacionales, que pueden promover nuevas formas de diplomacia como la colocación. Hasta el momento, la práctica no se ha hecho pública aunque la Administración española la haya declarado estratégica. En conclusión, se ha demostrado la necesidad de dar a conocer y de ordenar esta práctica realizada mediante acuerdos internacionales.Descargas
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