Sentencia de 12.09.2006, España / Reino Unido, C-145/04 - PE – Elecciones – Derecho de voto – Ciudadanos de la Commonwealth residentes en Gibraltar y que poseen la ciudadanía de la Unión.

Autores/as

  • INMACULADA GONZÁLEZ GARCÍA

Palabras clave:

Parlamento Europeo – elecciones – derecho de voto – Gibraltar – Ciudadanía de la Unión – Nacionalidad – Commonwealth.

Resumen

La sentencia objeto de estudio se inserta en la controversia hispano-británica sobre la soberanía de Gibraltar y afecta al particular estatuto jurídico del que goza dicho territorio en la Unión Europea. El punto de partida es la adopción por el Reino Unido de la European Parliament (Representation) Act 2003, en cumplimiento de la sentencia del TEDH (as. Matthews 1999). El recurso por incumplimiento del Derecho comunitario interpuesto por España contra el Reino Unido, se fundamentó: a) en primer lugar, en el modo en que el Reino Unido ha organizado las elecciones al Parlamento Europeo en Gibraltar, extendiendo el derecho de voto a nacionales de terceros países que no gozan de la ciudadanía de la Unión (los Qualifying Commonwealth Citizens que residen en Gibraltar). Ello supone para España una violación del TCE, al defender que existe una relación clara entre la ciudadanía de la Unión y el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones al Parlamento Europeo; b) en segundo lugar, en la integración del territorio de Gibraltar, no del electorado gibraltareño, en la circunscripción electoral del suroeste de Inglaterra, violando, según España, el anexo I del Acta de 1976 relativa a la elección de los diputados al Parlamento Europeo por sufragio universal directo, y la Declaración de 18 de febrero de 2002, que desestimó el recurso de España. Una argumentación española más focalizada en los límites al anexo I del Acta de 1976 hubiera podido conducir a unas argumentaciones de las partes y fundamentación del TJCE que habrían podido desembocar en un resultado diferente al de esta sentencia.

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Publicado

2008-05-14

Número

Sección

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS