TJUE – Sentencia de 26.2.2013 (Gran Sala) – Åklagaren y Hans Åkerberg Fransson, asunto C-617/10 «Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea – Ámbito de aplicación – Artículo 51 – Aplicación del derecho de la Unión – Artículo 50 – Principio no

Autores/as

  • Sara Iglesias Sánchez

Palabras clave:

Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión, ámbito de aplicación, artículo 51 de la Carta, Convenio Europeo de Derechos Humanos, Tribunal Europeo de Derechos Humanos, principio non bis in idem, estándar de protección, Melloni

Resumen

El presente asunto concierne la aplicación del principio non bis in idem en relación con la acumulación de sanciones penales y recargos fiscales con motivo de una infracción de la normativa relativa a la recaudación del IVA. La Sentencia del TJUE supone un pronunciamiento importante en relación a la interpretación del ámbito de aplicación de la Carta, confirmando la jurisprudencia anterior, pronunciada en relación a los principios generales. Por otra parte, y junto con la sentencia del mismo día en el asunto Melloni, el TJUE la Sentencia contribuye a la creación de un marco de cooperación y coexistencia con los estándares nacionales de protección, en las situaciones en las que, a pesar de situarse en el ámbito de aplicación del derecho de la Unión, no se encuentren absolutamente determinadas por este. Finalmente, en relación con el principio non bis in idem, este asunto supone también la confirmación del estándar adoptado por el TEDH.

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Número

Sección

JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA