La regulación legal de la prestación del servicio público y la regulación contractual de su gestión indirecta: su confusión en la jurisprudencia sobre los conciertos farmacéuticos

Autores/as

  • Juan de la Cruz Ferrer Universidad Complutense de Madrid

DOI:

https://doi.org/10.18042/cepc/rap.213.09

Resumen

Los conciertos que suscriben los Servicios de Salud con las oficinas de farmacia, para prestar el servicio de la asistencia farmacéutica del Sistema Nacional de Salud, no habían recibido una calificación jurídica por la jurisprudencia. Dos sentencias del Tribunal Supremo de 24 de junio de 2019 califican jurídicamente los conciertos farmacéuticos como una operación no comercial y que genera obligaciones ex lege; lo cual tiene consecuencias graves porque excluye la aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público. En el análisis de estas sentencias argumentamos que incurren en el error de aplicar el régimen jurídico de la prestación del servicio público por el farmacéutico al usuario, que tiene una regulación legal, a la relación entre la Administración y el farmacéutico para concertar la gestión del servicio, que tiene una regulación contractual.

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Publicado

2020-12-15

Número

Sección

COMENTARIOS MONOGRÁFICOS DE JURISPRUDENCIA