La libertad de creación artística, ¿un derecho autónomo?(L’oiseau rebelle en la Constitución y en la jurisprudencia constitucional)
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/rap.215.04Abstract
The limits of artistic creation have received increasing attention in recent years.
Yet, whether artistic creation is an independent right or just a form of freedom of expression
is not clear, despite the sentences of the Constitutional Tribunal concerning
this issue. This paper contributes to this debate on the basis of the notions of artistic
creation and culture. The subjetive nature of these notions may entail important
consequences, as we discuss.
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Published
2021-07-28
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STUDIES
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Prácticas deshonestas: plagio y fraude científico
A efectos de lo estipulado en la Ley de Propiedad Intelectual respecto a las acciones y procedimientos que puedan emprenderse contra quien infrinja los derechos de propiedad intelectual, la publicación de un trabajo que atente contra dichos derechos será responsabilidad de los autores/as, que serán los que asuman los conflictos que pudieran tener lugar por razones de derechos de autor. Los conflictos más importantes que pueden darse por la comisión de plagios y fraudes científicos son los siguientes:
- Presentar el trabajo ajeno como propio.
- Adoptar palabras o ideas de otros autores sin el debido reconocimiento.
- No emplear las comillas u otro formato distintivo en una cita literal.
- Dar información incorrecta sobre la verdadera fuente de una cita.
- El parafraseo de una fuente sin mencionar la fuente.
- El parafraseo abusivo, incluso si se menciona la fuente.
Las prácticas constitutivas de fraude científicoson las siguientes:
- Fabricación, falsificación u omisión de datos y plagio.
- Publicación duplicada.
- Conflictos de autoría.