Un nuevo modelo territorial para el País Vasco
Resumen
La reciente aprobación de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco permite la instauración en la Comunidad Autónoma de nuevos instrumentos de planeamiento que posibiliten por primera vez poner en práctica un sistema completo de ordenación del territorio, creando un marco integrador de referencia territorial para la orientación de las políticas sectoriales y la coordinación de los planeamientos municipales. El modelo Territorial que plantean las Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, asumen el reto de optar por lo "cualitativo", por la necesaria recualificación de lo urbano, por el respeto al medio natural, por la reordenación selectiva de la estructura territorial, en un marco de suficiente flexibilidad para dar respuesta ágil a las importantes transformaciones previsibles. En este sentido las DOT proponen la división del Territorio en Areas Funcionales, las cuales serán objeto de Planes Territoriales Parciales, que desarrollarán las DOT en dichos ámbitos. Así se superan criterios de tipo administrativo, geográfico, judicial, etc, aglutinando en torno a un núcleo principal, que efectúa las funciones de cabecera comarcal, un territorio que comulga de una cierta homogeneidad geográfica y que se complementa para un conjunto de actividades y servicios de rango estrictamente comarcal.
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Derechos de autor 1993 Pedro J. Jauregui Fernández
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