El fondo de compensación interterritorial y la nueva política regional española
Resumen
El artículo analiza las razones que han obligado a reformar el Fondo de Compensación Interterritorial (FCI) tal como funcionó hasta 1989, y describe las principales características del nuevo FCI. El primitivo Fondo adolecía del defecto conceptual de ser principalmente un elemento de financiación ordinario de Ias inversiones nuevas de las Comunidades Autónomas, más que un instrumento de la política regional. Además, la fórmula de reparto utilizada por la primera ley terminó volviéndose contra las regiones menos desarrolladas, debido al peso concedido a los saldos migratorios, que se vieron muy modificados a partir de la crisis económica de los años setenta. El nuevo FCI se ha diseñado como instrumento de la política regional y de la solidaridad interterritorial, siguiendo el mandato constitucional. La principal modificación es la reducción de su mapa de intervención en favor sólo de las Comunidades Autónomas menos desarrolladas. También ha aproximado sus métodos de funcionamiento a los del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). Pero el FCI actual no está exento de defectos. Pudiera suceder que la evolución temporal de las variables que intervienen en su distribución tenga efectos «perversos» no previstos.
Descargas
Descargas
Publicado
Cómo citar
Número
Sección
Licencia
Derechos de autor 2020 Laureano Lázaro Araujo
Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la legislación vigente sobre Propiedad Intelectual, y conforme a la misma, el/la los/las autor/a/es/as que publiquen en CyTET cede/n a título gratuito, de modo no exclusivo y sin límite temporal al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana los derechos para difundir, reproducir, comunicar y distribuir en cualquier formato actual o futuro, en papel o electrónico, la versión original o derivada de su obra bajo licencia de Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0), así como para incluir o ceder a terceros la inclusión de su contenido en índices, repositorios y bases de datos nacionales e internacionales, con referencia y reconocimiento en todo caso de la autoría del mismo.
Además, al realizar el envío, el/la los/las autor/a/es/as declara/n que se trata de un trabajo original en el que se reconocen las fuentes que han sido utilizadas en su estudio, comprometiéndose a respetar la evidencia científica y a no modificar los datos originales para verificar o refutar una hipótesis de partida; que el contenido esencial del mismo no ha sido publicado previamente ni se publicará en ninguna otra obra o revista mientras esté en proceso de evaluación en la revista CyTET; y que no se ha remitido simultáneamente a otra publicación.
Los autores deben firmar un Formulario de Cesión de Derechos, que les será enviado desde la Secretaría de CyTET una vez se acepte su artículo para ser publicado.
Con el objetivo de favorecer la difusión del conocimiento, CyTET se adhiere al movimiento de revistas de Open Access (OA) y entrega la totalidad de sus contenidos a diversos índices, repositorios y bases de datos nacionales e internacionales bajo este protocolo; por tanto, la remisión de un trabajo para ser publicado en la revista presupone la aceptación explícita por parte del autor/a de este método de distribución.
Se anima a las/os autoras/es a reproducir y alojar sus trabajos publicados en CyTET en repositorios institucionales, páginas web, etc. con la intención de contribuir a la mejora de la transferencia del conocimiento y de la citación de dichos trabajos.