La jurisdicción «dirimente» de la Corte Suprema de Justicia de la Nación argentina
De las hostilidades de hecho al conflicto ambiental en las relaciones intrafederales
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/aijc.28.11Resumo
La jurisdicción «dirimente» que ejerce la Corte Suprema de Justicia de la Nación es un mecanismo de solución de conflictos intrafederales diseñado por los constituyentes de 1853 a fin de evitar conflictos armados entre las provincias argentinas. Utilizada para resolver un conflicto sobre usos de un río interprovincial en 1987, en los últimos años es abierta para la gestión de conflictos ambientales derivados del ejercicio de facultades propias de las provincias sobre sus recursos naturales que afectan cuencas hidrográficas interjurisdiccionales y desafían el federalismo argentino. Es un proceso especial con amplias facultades de la Corte y el ejercicio predominante de funciones conciliatorias con la participación de entes interjurisdiccionales y en algunos casos con participación del Gobierno nacional como tercero interesado. Las resoluciones judiciales son de naturaleza exhortativa, aunque ante la falta de acuerdo deba decidir el derecho aplicable al conflicto al modo de la jurisdicción de las causas judiciales.
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Direitos de Autor (c) 2024 Ana María de la Vega Madueño
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