La (in-)constitucionalidad de la prisión permanente revisable
Los argumentos de la experiencia española y colombiana
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/aijc.26.16Resumen
Los Estados de Derecho prevén mecanismos para la protección de los derechos y libertades de todas las personas. Eso implica que el sistema penitenciario de los países que siguen el principio de reinserción social debe conseguir un equilibrio adecuado para respetar tanto los derechos de las víctimas como de las personas que delinquen. La prisión permanente revisable pone en jaque esta ponderación y es por eso por lo que es necesario dilucidar cuál es el encaje constitucional que esta figura tiene en el ordenamiento jurídico. La experiencia de España y Colombia nos ayuda a entender el valor que las declaraciones de derechos poseen en nuestros sistemas constitucionales y si es posible mantener una privación de libertad tan elevada en un Estado social y democrático de Derecho. El análisis, no solo de la regulación legal y constitucional, sino también de las decisiones de los Tribunales Constitucionales de ambos países son herramientas esenciales para aclarar esta cuestión.
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Derechos de autor 2022 Cecilia Rosado-Villaverde
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