Diversos estados de Estados Unidos permiten a sus ciudadanos iniciar directamente un proceso de reforma de su constitución estatal y, en la práctica totalidad, se requiere un referéndum de aprobación de cualquier reforma constitucional estatal. Esta centenaria experiencia es una valiosa herramienta de análisis para que los operadores jurídicos iberoamericanos dispongan de más elementos de juicio a la hora de valorar e interpretar la amplia casuística en materia de cambio constitucional mediante la participación directa de la ciudadanía. Así, en este trabajo se introduce al lector en la ingente jurisprudencia que se ha producido en la materia. Se analiza el control judicial,
Several American states allow their citizens to directly initiate a reform process of their state constitution and, in almost all of them, a referendum is required to approve any state constitutional reform. This centuries-old experience is a valuable analysis tool for Ibero-American legal operators to have more elements of judgment when assessing and interpreting the broad casuistry in matters of constitutional change through the direct participation of citizens. Thus, in this work the reader is introduced to the vast jurisprudence that has been produced on the matter. The judicial control,
En el número 78 de
La doctrina estadounidense ha manteniendo un interesante debate al respecto planteándose la posibilidad de que las decisiones adoptadas en forma directa por el pueblo puedan juzgarse en forma diferenciada a las que son adoptadas por sus representantes, ya sea en forma más o menos beligerante (
Cuestión diferente, es claro, se plantea con las iniciativas populares y los referéndums de reforma constitucional. Los sistemas constitucionales de diversos países iberoamericanos han venido introduciendo en los últimos años la posibilidad de realizar iniciativas populares de cambio constitucional y en otros tantos es preceptivo el referéndum de aquiescencia en caso de reforma constitucional (
Múltiples estudios se han centrado en el análisis del control jurisdiccional de la reforma constitucional. Sin embargo, no se tiene constancia de ningún estudio en lengua castellana encargado exclusivamente de desgranar la valiosa experiencia de más de ciento veinte años de iniciativas populares de reforma constitucional en los estados de Estados Unidos, acompañada, a su vez, de una ingente jurisprudencia. Daniel López Rubio (
En Estados Unidos cualquier reforma constitucional estatal, con la excepción del estado de Delaware, requiere de un referéndum de ratificación. Son dos los mecanismos de cambio constitucional previstos en las constituciones de los estados miembros: las enmiendas y las revisiones constitucionales
Los recursos judiciales por esta causa han sido especialmente numerosos en California. Así, por ejemplo, en
Así, el Tribunal Supremo de California defendió en 2009 en
En tanto asunto cuantitativo, los demandantes admiten que la Proposición 8, que agrega solo una sección simple a la Constitución, no constituye una revisión. En tanto asunto cualitativo, el acto de limitar el acceso a la designación de matrimonio a parejas del sexo opuesto no tiene un efecto sustancial o, incluso, mínimo en el marco gubernamental de California que existía antes de la enmienda.
Otros casos, como
Los tribunales han procedido en numerosas ocasiones a controlar las iniciativas populares de enmienda constitucional por causas formales. Ahora bien, ha de tenerse en cuenta, en primer lugar, una importante cautela. Las causas formales han de ser de la suficiente entidad como para proceder a retirar la pregunta de la papeleta de voto o invalidar una pregunta refrendada popularmente. En
La falta de claridad en el contenido de la pregunta es una de las principales cuestiones que han llevado a los tribunales a actuar con anterioridad a la elección. La finalidad de este control previo es evitar que el votante pueda adoptar una decisión mal informada y no conozca con la mayor precisión posible lo que se le está planteando. En este sentido, es común que la legislación en la materia requiera que el título, el resumen y la pregunta estén expresados en un lenguaje sencillo, fácilmente comprensible y en forma concisa, veraz e imparcial, de tal forma que no favorezca o perjudique a ninguna de las opciones
Ahora bien, precisamente por la necesidad de concreción en el título y resumen de la propuesta, no puede pretenderse que se lleve a cabo una explicación sumamente detallada en la que se cubran todas sus aristas. Debe mencionarse el o los principales propósitos, pero no debe limitarse excesivamente la posibilidad de expresión del pueblo sobre la materia. En
el título y el resumen, aunque técnicamente imprecisos, cumplieron sustancialmente con la ley, y dudamos que un número significativo de firmantes o votantes de la petición hayan sido engañados. […] El resumen original no estaba tan incompleto como para ser fatalmente defectuoso, ya que alertó a los firmantes y votantes de la petición del hecho de que la medida contenía una disposición que afectaba la imposición de impuestos especiales por parte de las agencias locales. La omisión del resumen de cualquier referencia al requisito de voto de los dos tercios no fue esencial, ya que la medida de la iniciativa fue ampliamente difundida y debatida.
Otra de las principales vías de intervención previa de los órganos de control jurisdiccional es la relativa al control de cumplimento de la
Aclarada la pertinencia del control previo, veamos cómo opera este límite en la práctica. En octubre de 2018, el Tribunal Supremo de Florida falló, en el caso
Por otro lado, algunos de los litigios que se han planteado han tenido por causa dirimir si la combinación de una propuesta con la vía para costearla, usualmente alguna medida impositiva, viola la citada regla. Aquí los tribunales han tenido respuestas disímiles en función del caso, impidiendo el planteamiento de aquellas propuestas que pudieran claramente inducir a engaño al incluir una medida no directamente relacionada, o permitiendo su formulación al entender que existía una clara relación programática.
Por lo que respecta a la primera posibilidad, el Tribunal Supremo de Florida, en el caso
En sentido contrario, en
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Debe igualmente tenerse en cuenta que pueden declararse inconstitucionales enmiendas constitucionales por otros motivos procesales más particulares. Así ha sido el caso en
Cuestión diferente es la posible eliminación de una propuesta de reforma constitucional por considerarse que esta no es una cuestión de relevancia constitucional y debería relegarse al desarrollo legislativo. Un caso de estas características lo planteó el fiscal general de Florida ante el Tribunal Supremo de su estado en el año 2002 acerca de una iniciativa ciudadana de reforma constitucional relativa al tratamiento cruel e inhumano de las cerdas embarazadas
La Constitución de Massachusetts es especialmente incisiva a la hora de limitar materialmente las iniciativas populares de enmienda constitucional. En el art. 48 de la Constitución del
Como no podía ser de otro modo, ello ha supuesto que el Tribunal Supremo del citado estado haya tenido que intervenir en alguna ocasión para determinar si se habían traspasado dichos límites. En
En sentido similar, el art. 15, sección 273 de la Constitución de Mississippi, imposibilita el uso de la iniciativa de enmienda constitucional para, entre otras cuestiones, reformar la carta de derechos estatal. El Tribunal Supremo del estado defendió la introducción de este tipo de límites, señalando en
La adecuación a la Constitución federal es otra de las dimensiones clave del control jurisdiccional de las enmiendas y revisiones constitucionales, las cuales requieren siempre la aquiescencia directa de la ciudadanía. Los tribunales, tanto estatales como federales, se han encargado de esta tarea. La primera cuestión a aclarar en este punto es relativa a la cláusula de garantía (
La mayoría de los casos se han dirimido con base en la primera enmienda, relativa al derecho a la libertad de expresión, y a la decimocuarta, relativa a la cláusula sobre protección igualitaria
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Desde una perspectiva similar, es también reseñable un caso relativo a una vulneración de la decimoquinta enmienda de la Constitución federal. Dicha enmienda, aprobada en 1870, prohíbe que el Gobierno federal y los estatales nieguen a un ciudadano el derecho al sufragio en función de la «raza, color o condición anterior de servidumbre». En
El art. V de la Constitución federal de EE. UU. establece su procedimiento de reforma. La posibilidad de llamar por primera vez tras la Convención de Filadelfia a elecciones a convención constitucional sigue, después de los años, estando muy cerca en EE. UU. De acuerdo con el art. V, dos terceras partes de los estados tienen esa potestad. Si a día de hoy son 28 los estados que secundan su convocatoria para establecer la regla de estabilidad presupuestaria, en un momento dado este número llegó a bordear el de los 34 estados requeridos para activar el proceso (
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… el legislativo debe ser un conjunto representativo deliberativo que actúe en ausencia de restricciones o limitaciones externas. La iniciativa núm. 23 es claramente inconstitucional precisamente por esta razón. La medida intenta dirigir y orquestar el proceso de aplicación legislativa en contravención del lenguaje sencillo del artículo V. […] Los redactores de la Constitución de los Estados Unidos podrían haber proporcionado a la gente, a través del voto directo, un papel en el proceso de aplicación del Artículo V. En su lugar, optaron por otorgar únicamente este poder a los cuerpos deliberativos, las legislaturas estatales. El pueblo por iniciativa no puede afectar el proceso deliberativo.
De esa forma, el tribunal se alineaba con sus homólogos de California que, en
Cuestión diferente a la anterior es la posibilidad de que un grupo de ciudadanos impulse un procedimiento democrático para iniciar un proceso de cambio constitucional en el seno de su estado al margen del procedimiento establecido en la propia Constitución estatal. Entre 1841 y 1843 tuvieron lugar una serie de eventos insurreccionales en Rhode Island que terminaron desencadenando un importante debate acerca de la relación entre soberanía popular y Constitución. Por aquel entonces, en Rhode Island seguía vigente la Carta Colonial de 1663, no habiéndose nunca aprobado una Constitución estatal. La Carta establecía que únicamente los hombres blancos propietarios de tierra podían ejercer el derecho de voto, de tal modo que este le era negado a una parte muy importante de una población masculina crecientemente urbana. El legislativo, dominado por la élite económica rural, bloqueó cualquier intento de reforma. Pero, además, la Carta no incluía procedimiento alguno que posibilitara su propia enmienda o revisión. La situación política se fue progresivamente tensando hasta estallar una rebelión, que tomó el nombre de su líder, Thomas Dorr, en favor de la ampliación de los derechos de sufragio. Los rebeldes, invocando la doctrina de la soberanía popular y el derecho a la revolución democrática, y sin contar con la autorización del Gobierno y el legislativo estatal, impulsaron la convocatoria de elecciones a una «Convención Popular». En las mismas tuvieron oportunidad de
participar todos los hombres blancos mayores de veintiún años que hubieran residido en el estado durante, al menos, un año (
A pesar de que la idea planeó en el aire, no se terminó produciendo una intervención militar federal, por entender el presidente Tyler que los hechos acontecidos no la justificaban y existía todavía margen de maniobra para solventar la cuestión mediante el diálogo, la negociación y la amnistía a los detenidos. Para apaciguar la situación, el legislativo «oficial» de Rhode Island convocó una convención constitucional, de la cual resultó la entrada en vigor en 1843 de la primera Constitución del estado de Rhode Island (
La rebelión de Dorr fue, en última instancia, consecuencia directa de la irresolución de la tensión existente desde los tiempos de la revolución acerca de las vías de materialización práctica de la soberanía popular. Las dos posturas enfrentadas quedaron perfectamente retratadas en el caso
Los abogados demandantes argumentaron, en esencia, que el sistema de libertades estadounidense reposa en el principio de que el pueblo se autogobierna y, en consecuencia, tiene el derecho inalienable de establecer, alterar o cambiar su constitución y su forma de gobierno en forma pacífica y con el único límite para los estados miembros de la Unión de respetar el mandato establecido en el artículo cuarto de la Constitución federal por el que los gobiernos estatales deben ser republicanos. De esa forma, la aprobación de la
Por su parte, los abogados defensores expusieron que el pueblo decide libremente limitarse a sí mismo y proporcionarse seguridad jurídica en los aspectos básicos de su forma de gobierno contra posibles cambios repentinos y circunstanciales en las mayorías políticas. Lo contrario, a su entender, significaría adoptar un sistema de gobierno que estaría sometido a la capacidad provisional de una mayoría de imponerse sobre el resto de la sociedad. El derecho a la revolución pacífica y la doctrina de la soberanía popular constituyente caducaron, desde su punto de vista, a partir del momento en que entró en vigor la Constitución federal y la forma de gobierno republicana. En consecuencia, cualquier cambio en la forma de gobierno debe hacerse por los cauces establecidos por el propio pueblo en sus textos constitucionales y leyes (
El Tribunal Supremo se abstuvo de entrar a delimitar el fondo del asunto al entender que se trataba de una cuestión política fuera de su ámbito de actuación que debía ser resuelta por el Congreso, institución que no se manifestó al respecto. De esta forma, no reconoció las peticiones de los demandantes y no entró a delimitar el alcance del principio de soberanía popular.
Los eventos que sacudieron Providence calaron en el imaginario colectivo. Una parte mayoritaria de las élites políticas comprendió que era necesario generar mecanismos de cambio constitucional que pudieran canalizar las peticiones populares y evitar que estas terminaran expresándose fuera de los cauces establecidos. A partir de entonces se empezaron a establecer procedimientos de enmienda constitucional en aquellas constituciones estatales que no los tenían, se facilitó la activación de los ya existentes y se allanó el camino para que pudiera convocarse una convención constitucional. Al terminar el siglo, todos los estados, con la excepción de New Hampshire, introdujeron en sus textos constitucionales procedimientos de enmienda constitucional (
El célebre caso
Este precedente no ha sido óbice para que algunos movimientos secesionistas hayan intentado lograr sus objetivos políticos. Por lo que aquí nos interesa, en relación con el control jurisdiccional de los mecanismos de democracia directa, son especialmente interesantes los casos
A juicio del Tribunal Supremo de Alaska, el vicegobernador actuó correctamente dado que en Alaska no está establecida la iniciativa popular de enmienda constitucional. En cualquier caso, se consideraba que la finalidad de la iniciativa era claramente inconstitucional, por lo que el estado estaba legitimado para rechazar su certificación. Se trata de una excepción a la regla, válida únicamente para casos claramente inconstitucionales, de acuerdo con la cual la revisión judicial de la constitucionalidad de una iniciativa no puede obtenerse hasta después de que los votantes hayan promulgado la iniciativa. De acuerdo con Kohlhaas, ni la Constitución de Alaska ni la Constitución de los Estados Unidos contienen disposiciones que prohíban expresamente la secesión. Es más, el demandante afirmaba que, puesto que la Constitución federal guarda silencio al respecto, la secesión es uno de los derechos que están expresamente protegidos por la novena y la décima enmienda de la Constitución federal
Cuando la bandera de las cuarenta y nueve estrellas se izó por primera vez en Juneau, los habitantes de Alaska nos comprometimos con esa Unión indestructible, para bien o para mal, a perpetuidad. Sugerir lo contrario sería menospreciar el carácter republicano del gobierno nacional.
De resultas de esta sentencia, en 2007 Kohlhaas planteó una segunda iniciativa en la que únicamente se buscaba plantear la segunda de las preguntas de la primera. Esto es, plantear una votación acerca de si el estado de Alaska debe buscar cambios en la ley existente y las disposiciones constitucionales que autorizarían la secesión de Alaska de los Estados Unidos. El vicegobernador nuevamente se negó a certificar la iniciativa para su circulación y el Tribunal Supremo de Alaska concluyó, otra vez, que la denegación de la certificación por parte del vicegobernador fue apropiada. A su juicio, la iniciativa revisada de Kohlhaas tiene por finalidad la secesión o una reforma constitucional para permitir la secesión. De nuevo, retomando la argumentación de la anterior sentencia, se subrayó que la secesión es claramente inconstitucional y que no se pueden plantear reformas constitucionales en Alaska mediante una iniciativa popular. La estrategia de Kohlhaas permitiría, a juicio del tribunal, plantear iniciativas populares sobre cualquier cuestión claramente inconstitucional.
La invalidación previa a la fase de recogida de firmas de una iniciativa popular que tiene por finalidad la secesión de un estado no se ha visto reproducida en California. En enero de 2017, el secretario de estado de California anunció que se daba vía libre para que se empezaran a recoger las firmas requeridas para una iniciativa que tenía por finalidad plantear una votación acerca de la independencia de California. El título y resumen de la misma fue preparado, como en el resto de casos en California, por el fiscal general del estado. Dicha iniciativa fue finalmente retirada por los propios organizadores en abril de 2017 debido a una polémica acerca de la financiación rusa de la campaña
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Las enmiendas IV, V, VI y VIII de la Constitución federal establecen derechos varios en materia de enjuiciamiento criminal. En 1934 los votantes de California ratificaron una enmienda a su Constitución de acuerdo con la cual jueces y fiscales podían realizar comentarios en el juicio sobre la negativa de un acusado a declarar. Años después, en 1965, el Tribunal Supremo federal declaró inconstitucional dicha enmienda en
Como el profesor Carlos Garrido López (
Ante ello, la ya centenaria experiencia estadounidense en la materia es una valiosa herramienta de análisis para que los operadores jurídicos latinoamericanos dispongan de más elementos de juicio a la hora de valorar e interpretar la amplia casuística en materia de cambio constitucional mediante la participación directa de la ciudadanía. A lo largo de este texto se ha podido ver cómo el control jurisdiccional en materia de iniciativas populares de reforma constitucional estatal en Estados Unidos se circunscribe a la observación,
Las causas que llevan a un tribunal a invalidar el resultado del referéndum suelen ser de carácter sustantivo, al estar relacionadas con la violación de un principio constitucional o, en menor medida, alguna ley federal (
En directa relación con esta última cuestión, el lector habrá notado que en ningún momento del texto se ha hecho mención a la doctrina de las reformas constitucionales inconstitucionales que, en los últimos años, como han señalado Viciano Pastor y Moreno González (
Esta investigación es fruto de una estancia posdoctoral en el Institute for Global Law and Policy de la Universidad de Harvard; agradecer asimismo a la Universitat de València que financiara dicha estadía con una beca de investigación en colaboración con el Real Colegio Complutense en la Universidad de Harvard.
Véase la sentencia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos,
Para una repaso de los diferentes mecanismos de cambio constitucional estatal en Estados Unidos, pueden consultarse los trabajos de Viciano Pastor y González Cadenas (
Véase, por ejemplo, el Código de Montana, título 13, capítulo 27, parte 3, y la Ley Electoral de Michigan, sección 168.485.
Tribunal Supremo de Florida,
No obstante, a pesar de la consolidada jurisprudencia que protege y valora la expresión popular directa, la academia estadounidense ha mantenido una posición que está lejos de ser homogénea (
Para un recuento, hasta 2009, de los diferentes casos por temática, véase Miller (2009: 116).
La convocatoria de la Convención Constitucional y la papeleta de voto pueden consultarse en Conley (
En 1840 únicamente cuatro estados reconocían el derecho de voto a los hombres libres negros: Maine, Vermont, Massachusetts y Nueva York, si bien en este último caso únicamente lo podían ejercer un pequeño número de hombres con propiedades. Véase al respecto Bateman (
La novena enmienda a la Constitución federal establece que «la enumeración en la Constitución de ciertos derechos no ha de interpretarse como que niega o menosprecia otros que retiene el pueblo». Por su parte, la décima enmienda señala que «los poderes que la Constitución no delega a los Estados Unidos ni prohíbe a los Estados, quedan reservados a los Estados respectivamente o al pueblo».
Puede consultarse al respecto
Véase:
Véase:
Véase:
En Oregón, en 1993, los votantes ratificaron una iniciativa de enmienda constitucional que fijaba límites a los electos para el Congreso y el legislativo estatal. En
Al respecto, véase California Voter Information Guide for 1974, General Election. Disponible en línea en:
Una de las dos vías a través de la cual se puede reformar la Constitución federal, tal y como está establecido en su artículo V, es mediante el voto favorable de las dos cámaras del Congreso de los EE. UU. El Congreso, a su vez, decidirá si esta reforma debe ser aprobada por tres cuartas partes de los legislativos estatales o por un igual porcentaje de convenciones estatales electas especialmente para ese cometido, opción esta última que únicamente se ha puesto en práctica en el caso de la vigesimoprimera enmienda relativa a la derogación de la decimoctava enmienda que estableció la ley seca. En
Algunos estados requieren incluso que se lleve a cabo un control previo de las iniciativas populares. Es el caso de Florida, donde su Tribunal Supremo debe emitir una opinión consultiva acerca de todas aquellas iniciativas de reforma constitucional a partir del momento en que se recolecten un 10% de las firmas requeridas. El tribunal deberá determinar el cumplimiento de la
La lectura de
La cláusula de supremacía de la Constitución federal, establecida en el art. VI, cláusula 2, determina que la «Constitución, y las leyes de los Estados Unidos que se expidan con arreglo a ella, y todos los tratados celebrados o que se celebren bajo la autoridad de los Estados Unidos, serán la suprema ley del país y los jueces de cada estado estarán obligados a observarlos, a pesar de cualquier cosa en contrario que se encuentre en la Constitución o las leyes de cualquier estado». Así, por ejemplo, una enmienda a la Constitución de Arkansas impulsada y posteriormente ratificada por los ciudadanos en 1988, fue declarada nula por el Tribunal Supremo federal en
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La obra de referencia al respecto, ampliamente debatida entre la doctrina especializada en la materia, es la de Roznai (
Para una introducción a la cuestión se recomienda la lectura de la excelente monografía de Albert (
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