La definición jurídica de ideología fascista en la ley portuguesa de prohibición de asociaciones y partidos políticos: problemas de vaguedad normativa

Autores/as

  • Felipe Moraes de Andrade

DOI:

https://doi.org/10.18042/cepc/aijc.29.05

Resumen

La Constitución de la República Portuguesa limita la libertad de asociación al no permitir las organizaciones fascistas. En virtud de la inconstitucionalidad por omisión, la legislación ordinaria se ha propuesto hacer efectiva esta restricción elaborando una acepción de la ideología fascista. Sin embargo, al examinar esta norma, que pretende especificar con precisión una ideología política, en forma de control de constitucionalidad, se encuentran dificultades para cumplir con el principio de determinabilidad (o precisión de las leyes). Si bien existe la necesaria preocupación de proteger el Estado democrático de derecho frente a los movimientos autoritarios, la restricción de los derechos asociativos debe ser tal que garantice a los destinatarios y ejecutores de la norma un conocimiento preciso de estos criterios. Este artículo analiza la definición jurídica de la ideología fascista a la luz de la determinabilidad normativa como subprincipio de la prohibición del exceso. Argumento que la lista de características de la definición jurídica de ideología fascista dificulta la aplicación de la norma debido a su indeterminación.

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Publicado

2025-06-25

Cómo citar

Moraes de Andrade, F. (2025). La definición jurídica de ideología fascista en la ley portuguesa de prohibición de asociaciones y partidos políticos: problemas de vaguedad normativa. Anuario Iberoamericano De Justicia Constitucional, 29(1), 143–175. https://doi.org/10.18042/cepc/aijc.29.05

Número

Sección

ESTUDIOS DOCTRINALES