Protección jurídica de la infancia ante los medios de comunicación

Autores/as

  • María Esther del Moral Pérez Catedrática de Escuela de la Facultad de Formación del Profesorado y Educación de la Universidad de Oviedo

DOI:

https://doi.org/10.3916/25187

Resumen

La protección de la infancia y de la juventud en nuestro ordenamiento jurídico se ha constitucionalizado como derecho en el art. 20.4, en donde se articula como límite, «especialmente», las libertades recogidas en los diversos apartados del mencionado artículo. Esta función fundamental se explicita a lo largo del amplio conjunto normativo que regula vitales aspectos del funcionamiento y objetivos de los medios de comunicación, principal, aunque no exclusivamente, audiovisuales. Nuestro análisis parte del estudio de la normativa comunitaria en materia de protección de la infancia y la juventud ante los medios de comunicación.

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Publicado

1998-03-01