La teoría de la propiedad de Juan de Lugo como precedente de John Locke

Autores/as

  • Nieves San Emeterio Martín Universidad Rey Juan Carlos

DOI:

https://doi.org/10.18042/cepc/rep.193.01

Resumen

Este artículo revisa la teoría de la propiedad de Juan de Lugo (1583-‍1660) para contrastarla con la que desarrolló más tarde John Locke en el Segundo tratado sobre el gobierno civil. La hipótesis que mantendremos aquí es que existen originales puntos en común entre la teoría de la propiedad de Lugo y Locke que bien no habían aparecido en los autores escolásticos precedentes o tan solo se habían sugerido. En concreto nos referiremos a tres aspectos: en primer lugar, la adscripción de la propiedad a la categoría de derecho natural; en segundo lugar, ambos consideran que el proceso de apropiación se produce a través del trabajo y, en tercer lugar, los dos autores rechazan la necesidad de consenso para esta apropiación. Por último, veremos los puntos de discrepancia en la teoría de la propiedad entre Locke y Lugo. Además este artículo contextualiza las aportaciones de Lugo sobre la propiedad tanto en la tradición escolástica como en el iusnaturalismo racionalista de Grocio y Pufendorf.

Publicado

2021-09-29

Número

Sección

ARTÍCULOS