¿Qué clase de unión es ésta? A vueltas con la saga Gauweiler
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/redc.116.09Palabras clave:
Unión Económica y Monetaria, identidad constitucional, control de competencias de la Unión Europea, BCE, deuda pública.Resumen
El programa OMT mediante el que el Banco Central Europeo puede adquirir deuda pública de los Estados de la eurozona que sufren una crisis fiscal fue recurrido ante el Tribunal Constitucional alemán, que a su vez planteó una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. En este comentario se reconstruyen los argumentos principales de las tres decisiones dictadas en el asunto. Se sostiene en las conclusiones que el Tribunal de Justicia ha eludido, más que dado respuesta, a las cuestiones fundamentales planteadas por el guardián de la constitucionalidad alemana, al no tener en cuenta la diferencia fundamental entre amplia discrecionalidad en el ejercicio de las competencias y en la definición de las mismas, y al asumir implícitamente (a invitación del abogado general) que el programa OMT era una medida excepcional, cuando el mismo es síntoma del colapso del marco normativo de la Unión Económica y Monetaria.Publicado
2019-07-31
Número
Sección
JURISPRUDENCIA. ESTUDIOS CRÍTICOS
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