La naturaleza constitucional de la asistencia sanitaria no consentida y los denominados supuestos de «urgencia vital».
Palabras clave:
Derecho fundamental a la vida. Derecho fundamental a la integridad física y moral. Asistencia sanitaria no consentida, «urgencia vital».Resumen
Aún partiendo del principio de autonomía del paciente y, por ende, de su derecho a elegir entre las distintas alternativas terapéuticas existentes y a rechazar el tratamiento propuesto, la normativa sanitaria afronta la realidad de situaciones en las que la asistencia médica se presta en ausencia, o incluso en contra, de voluntad válida jurídicamente imputable al enfermo. A partir de la doctrina del Tribunal Constitucional en torno a los derechos fundamentales a la vida y a la integridad física y moral, el presente artículo tiene por objeto identificar la naturaleza constitucional de los supuestos de asistencia sanitaria no consentida y proporcionar algunas claves para proceder a una interpretación constitucionalmente adecuada a los denominados casos de «urgencia vital».Descargas
Publicado
2008-05-07
Número
Sección
ESTUDIOS
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