De iure y de facto
Las dos caras del Consejo Europeo tras Lisboa
DOI:
https://doi.org/10.18042/cepc/rdce.73.04Abstract
Este trabajo aporta una visión novedosa del Consejo Europeo, presentada en dos partes diferenciadas e interrelacionadas. La primera, el análisis de iure, analiza las disposiciones esenciales del derecho originario que conforman el marco de competencias del Consejo Europeo según la última reforma del Tratado de Lisboa. La segunda, el análisis de facto, analiza las superaciones y vulneraciones del predicho marco competencial por parte de los líderes europeos durante las cinco crisis de la UE: la crisis económica, la crisis migratoria, el Brexit, la COVID y la guerra de Ucrania. Algunas de las crisis mencionadas evidencian que el Consejo Europeo ha superado su marco competencial y vulnerado el derecho comunitario, posicionando al resto de instituciones como colaboradores necesarios. Las conclusiones principales son tres. Primera, el Consejo Europeo, tras el Tratado de Lisboa, es a la sazón el principal «poder» constituyente y constituido en la UE, ejerciendo las competencias clave, siendo la institución esencial para avanzar en el proceso de integración. Segunda, estudiadas las crisis referidas, hay evidencias de que el Consejo Europeo ha superado conscientemente el marco del derecho comunitario, no basándose en los marcos legales existentes, sino, en una voluntad clara de evitar el control político o jurídico cuando considera que las crisis lo requieren. La tercera conclusión, nos permite afirmar que el resto de las instituciones, incluido el TJUE, han dado cobertura a dicho proceder.
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